Difamación

Se produce difamación según el artículo 111 del Código Penal (StGB) cuando alguien atribuye a otra persona, de manera perceptible para terceros, una característica o actitud despreciable o le reprocha una conducta deshonrosa o contraria a las buenas costumbres, que sea apta para desprestigiarla o menospreciarla en la opinión pública. Se trata de ataques contra la buena reputación, por ejemplo, a través de rumores, atribuciones despectivas o acusaciones públicas.

La ley protege la reputación social de una persona y, por lo tanto, su validez social. La punibilidad no se basa en una afrenta subjetiva, sino en la aptitud objetiva de la declaración para dañar la reputación de una persona. En la práctica, son relevantes sobre todo las redes sociales, los grupos de WhatsApp, los correos electrónicos y los canales de comunicación internos de la empresa, en los que las afirmaciones se difunden con especial rapidez.

La difamación significa que se cuenta sobre una persona un supuesto hecho que es apto para dañar su reputación. Se trata, por lo tanto, de que alguien afirme algo sobre otra persona que la deje en peor lugar ante el público, independientemente de si al final es cierto o no.

Explicación de la difamación en Austria. Cuándo las afirmaciones de hechos son punibles y cómo defenderse contra la difamación según el artículo 111 del Código Penal (StGB).
Rechtsanwalt Sebastian Riedlmair Sebastian Riedlmair
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„Quien difunde hechos, asume la responsabilidad de cómo actúan y qué consecuencias desencadenan.“

Elemento objetivo del delito

El tipo objetivo del artículo 111 del Código Penal (StGB) abarca cualquier afirmación de hechos lesiva para el honor que alguien expresa frente a al menos una tercera persona y que puede dañar la reputación de la persona afectada. No importa si la declaración se hace de forma amable, casual o en una discusión. Lo decisivo es que el contenido sea objetivamente apto para menoscabar la posición social o la reputación de la persona afectada. El tipo protege el derecho de toda persona a no ser menospreciada en público por representaciones de hechos falsas o poco claras.

Una declaración cumple el tipo objetivo en cuanto contiene un núcleo fáctico, es percibida por terceros y puede desencadenar objetivamente desventajas específicas para la reputación. Si la declaración es cierta o no, el tribunal lo evalúa en el marco de la prueba de la verdad según el artículo 112 del Código Penal (StGB).

Pasos de verificación

Sujeto activo:

Puede ser autor cualquier persona que exprese o transmita una afirmación de hechos lesiva para el honor. No importa si esto ocurre en el ámbito privado, en la empresa, en un grupo de WhatsApp o públicamente. Lo decisivo es únicamente que la declaración provenga de esta persona y sea reconocible para terceros.

Sujeto pasivo:

El objeto del delito constituye cualquier persona determinada o al menos claramente reconocible sobre la que alguien formula una afirmación de hechos. Basta con que terceros reconozcan a quién se refiere la declaración. El tipo protege la buena reputación de una persona.

Acción delictiva:

La acción delictiva consiste en una afirmación de hechos con carácter lesivo para el honor. Esto incluye todas las declaraciones con contenido verificable, en particular las acusaciones de que alguien se ha comportado de forma punible, inmoral, poco fiable o, de lo contrario, socialmente reprobable.

Una declaración cumple el tipo si:

• se realiza frente a al menos una tercera persona,
• contiene un núcleo fáctico lesivo para el honor,
• es objetivamente perjudicial para la reputación.

Importante: También la difusión de un rumor cumple los requisitos del tipo, si el autor hace suya la afirmación de forma reconocible. Los juicios de valor también pueden estar incluidos si contienen un núcleo fáctico transportado.

Resultado de la acción:

El resultado del delito consiste en el peligro para la reputación. No es necesario un daño real. Basta con que la declaración sea apta, según criterios objetivos, para dejar a la persona afectada en peor lugar en la opinión pública.

Causalidad:

La declaración lesiva para el honor causa el peligro para la reputación. Sin la declaración, el peligro concreto no existiría de esta forma. También las retransmisiones o refuerzos contribuyen a la causalidad, si hacen surgir o aumentan el peligro para la reputación.

Imputación objetiva:

El éxito es objetivamente imputable si en el peligro para la reputación se materializa exactamente el riesgo que el artículo 111 del Código Penal (StGB) quiere evitar, a saber, el daño injustificado de la reputación social. No existe imputación si terceros distorsionan una declaración neutral por cuenta propia y el declarante original no tenía que contar con esta grave falsificación del sentido.

Rechtsanwalt Peter Harlander Peter Harlander
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„La difamación rara vez comienza con un gran ataque, sino más bien con una afirmación irreflexiva“
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Delimitación de otros delitos

El tipo de difamación se aplica en cuanto alguien expresa una afirmación de hechos lesiva para el honor frente a terceros y con ello pone en peligro la reputación de una persona determinada. El autor menoscaba la reputación social del afectado al difundir una representación de hechos que es apta para menospreciar su posición social. El agravio surge porque el autor afirma o transmite un núcleo fáctico perjudicial para la reputación que terceros pueden percibir, y no por una mera expresión de opinión. Lo decisivo es que el autor lesiona la pretensión de validez social de la persona afectada, incluso si la declaración no está formulada de forma grosera o se produce en una conversación cotidiana.

Concurrencias:

Concurrencia real:

Existe una competencia real si a la difamación se añaden otros delitos independientes, como injurias, calumnias, amenazas peligrosas, coacciones o acoso persistente. Estos tipos no se ven desplazados, porque el menoscabo de la reputación constituye un contenido de injusto independiente. Si a consecuencia de las declaraciones se producen otras lesiones de bienes jurídicos, los delitos suelen coexistir.

Concurrencia irreal:

Un desplazamiento por razón de especialidad solo entra en consideración si otro tipo abarca por completo todo el agravio. Esto es típico en el caso de la calumnia, cuando la afirmación de hechos conscientemente falsa tiene como objetivo exclusivo la incoación de un procedimiento. A la inversa, el propio artículo 111 del Código Penal (StGB) despliega especialidad si solo el peligro específico para la reputación está en primer plano y no existen otras lesiones de bienes jurídicos de mayor alcance.

Pluralidad de hechos:

Existe una pluralidad de hechos si varias declaraciones perjudiciales para la reputación se expresan o difunden independientemente unas de otras o si diferentes procesos de comunicación se producen por separado en el tiempo. Cada declaración independiente frente a un nuevo círculo de destinatarios constituye un hecho propio, siempre que no exista una unidad de acción natural.

Acción continuada:

Se debe suponer un hecho unitario si las afirmaciones de hechos lesivas para el honor continuas contra la misma persona están en estrecha relación temporal y material, por ejemplo, una serie de declaraciones similares en un conflicto persistente. El hecho termina en cuanto no se realizan más declaraciones o el autor finaliza de forma reconocible su participación en el acontecimiento comunicativo.

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„Las palabras despliegan efectos jurídicos en cuanto llegan a terceros y marcan su imagen de una persona.“

Carga y valoración de la prueba

Fiscalía:

En el caso del artículo 111 del Código Penal (StGB), la fiscalía solo es competente si se supone un interés público especial o si la difamación está relacionada con otros delitos perseguibles de oficio. En la medida en que actúa, debe demostrar que el acusado ha expresado o difundido una afirmación de hechos lesiva para el honor frente a terceros y que esta declaración era objetivamente apta para menoscabar la reputación del afectado. No se trata de sentimientos personales o juicios de valor, sino de la circunstancia objetiva de que se ha realizado una afirmación de hechos perjudicial para la reputación y ha podido ser percibida por al menos una tercera persona.

La fiscalía también debe exponer si la declaración, en el contexto de su difusión, despliega un carácter perjudicial para la reputación o si existen indicios de que el acusado ha afirmado, de forma consciente o negligente, un núcleo fáctico que era apto para reducir la reputación de la persona afectada.

Tribunal:

El tribunal examina todas las pruebas en el contexto general y evalúa si, según criterios objetivos, se ha realizado una afirmación de hechos lesiva para el honor y ha sido percibida por terceros. El centro de atención es la cuestión de si se ha afirmado un hecho verificable y si este, por su contenido, su formulación y su contexto, era apto para menoscabar la reputación social de la persona afectada.

Para ello, el tribunal tiene en cuenta en particular:

El tribunal delimita claramente las meras expresiones de opinión sin núcleo fáctico, las discusiones valorativas en la vida cotidiana y los malentendidos en los que el contenido de la declaración era reconociblemente poco claro o no perjudicial para la reputación para personas ajenas.

Persona acusada:

La persona acusada no tiene la carga de la prueba. Sin embargo, puede señalar dudas razonables, especialmente en cuanto a

Además, puede exponer que determinadas declaraciones se han sacado de contexto, que estaban formuladas reconociblemente como opinión o crítica o que se basaban en fuentes consideradas seriamente, siempre que la prueba de la verdad o de la buena fe según el artículo 112 del Código Penal (StGB) sea admisible.

Valoración típica

En la práctica, en el caso del artículo 111 del Código Penal (StGB) son importantes sobre todo las siguientes pruebas:

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„En los procesos penales no decide la acusación más sonora, sino la base fáctica demostrable.“
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Ejemplos prácticos

Estos ejemplos muestran que existe difamación cuando se expresan o difunden hechos lesivos para el honor frente a terceros, aunque no se hayan comprobado ni fundamentado y sean objetivamente aptos para menoscabar la reputación de la persona afectada.

Elemento subjetivo del delito

El tipo subjetivo de la difamación exige dolo. El autor debe saber que expresa o difunde una afirmación de hechos lesiva para el honor sobre una persona determinada y que esta declaración es objetivamente apta para menoscabar la reputación social de la persona afectada. Al mismo tiempo, debe aceptar al menos tácitamente que terceros perciban la declaración y la entiendan como una representación de hechos.

Por lo tanto, el autor debe entender que su comportamiento en la imagen general fundamenta un menoscabo específico para la reputación y es típicamente apto para afectar a la posición social de la persona afectada. Lo decisivo es que la afirmación de hechos se exprese o transmita conscientemente; la mera negligencia no es suficiente.

No existe un tipo subjetivo si el autor cree seriamente que su declaración es verdadera o que no es un núcleo fáctico lesivo para el honor, sino meramente un juicio de valor o una comunicación neutral sin carácter perjudicial para la reputación. Quien parte de la base de que actúa legítimamente o no reconoce que su declaración puede entenderse como una afirmación de hechos, no cumple los requisitos del artículo 111 del Código Penal (StGB).

En última instancia, actúa con dolo quien sabe y pretende conscientemente realizar una afirmación de hechos perjudicial para la reputación frente a terceros y, con ello, menoscaba la reputación de la persona afectada en el entorno social.

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Culpabilidad y errores

Error de prohibición:

Un error de prohibición solo exime de responsabilidad si era inevitable. Quien realiza una conducta que interfiere de forma reconocible en los derechos de otros, no puede alegar que no reconoció la ilicitud. Todos están obligados a informarse sobre los límites legales de su actuación. Un mero desconocimiento o un error imprudente no eximen de responsabilidad.

Principio de culpabilidad:

Solo es punible quien actúa de forma culpable. Los delitos dolosos exigen que el autor reconozca el suceso esencial y al menos lo asuma con conocimiento de causa. Si falta este dolo, por ejemplo, porque el autor asume erróneamente que su conducta está permitida o es secundada voluntariamente, a lo sumo existe negligencia. Esta no es suficiente en los delitos dolosos.

Incapacidad de imputación:

No incurre en culpabilidad quien, en el momento del hecho, no era capaz de comprender la ilicitud de su actuación o de actuar conforme a dicha comprensión debido a un trastorno mental grave, una alteración mental patológica o una incapacidad de control significativa. En caso de dudas correspondientes, se solicitará un dictamen psiquiátrico.

Estado de necesidad exculpante:

Puede existir un estado de necesidad exculpante si el autor actúa en una situación de coacción extrema para evitar un peligro agudo para su propia vida o la vida de otros. La conducta sigue siendo ilícita, pero puede tener un efecto atenuante de la culpabilidad o exculpante si no existía otra salida.

Legítima defensa putativa:

Quien cree erróneamente que está legitimado para realizar un acto de defensa, actúa sin dolo si el error era serio y comprensible. Tal error puede atenuar o excluir la culpabilidad. Sin embargo, si persiste una infracción del deber de cuidado, se considerará una valoración negligente o atenuante de la pena, pero no una justificación.

Suspensión de la pena y desvío

Desvío:

En principio, es posible una remisión en caso de difamación. El tipo protege la reputación social de una persona frente a afirmaciones de hechos lesivas para el honor, y el peso de la culpa se rige sobre todo por el contenido, el alcance y el efecto de la declaración, así como por la responsabilidad personal del autor. En los casos de peligro para la reputación de menor importancia, clara comprensión y falta de antecedentes penales, en la práctica se examina regularmente una resolución por remisión.

Sin embargo, cuanto más evidente sea una difusión planificada, consciente o reiterada de hechos difamatorios, o cuanto mayor sea el daño real o potencial a la reputación, menos probable será una derivación.

Si se considera una derivación, el tribunal puede ordenar prestaciones económicas, servicios comunitarios, instrucciones de supervisión o una conciliación, por ejemplo, en forma de una rectificación, una retractación o una disculpa. Una derivación no conlleva ninguna declaración de culpabilidad ni ningún antecedente penal.

Exclusión del desvío:

Se excluye la diversión si

Solo en caso de culpa claramente menor y comprensión inmediata se puede examinar si es admisible un procedimiento de derivación excepcional. En la práctica, la derivación sigue siendo posible en casos de difamación, pero es rara en casos sistemáticos o de gran alcance.

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„Quien difunde conscientemente declaraciones difamatorias, obliga al derecho a establecer límites claros“
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Determinación de la pena y consecuencias

El tribunal determina la pena según la magnitud del acto injurioso, según el tipo, alcance e intensidad del daño a la reputación, así como la medida en que el hecho alegado ha afectado la reputación social de la persona afectada. Es determinante si el autor ha difundido hechos perjudiciales para la reputación repetidamente, de manera intencionada o planificada durante un período prolongado y si el comportamiento ha causado una carga social o profesional notable.

Existen circunstancias agravantes, en particular, cuando

Las circunstancias atenuantes son, por ejemplo

El tribunal puede suspender condicionalmente una pena de prisión si no supera los dos años y el autor presenta un pronóstico social positivo.

Marco penal

La difamación, según la forma de difusión, se castiga con pena de prisión de hasta seis meses o multa de hasta 360 días. Si la afirmación injuriosa se expresa de manera que llegue a muchas personas, el tribunal puede imponer una pena de prisión de hasta un año o una multa de hasta 720 días. Estos límites constituyen el marco penal máximo legal.

Una disculpa, una retractación u otros intentos de reparación no modifican este marco penal. Tales circunstancias se tienen en cuenta exclusivamente en el marco de la determinación de la pena.

La exclusión de la pena es fundamental. El autor no debe ser castigado si la afirmación se demuestra como verdadera o si, en el caso más leve, tenía razones comprensibles para creer que la declaración era verdadera. Por lo tanto, la ley no protege contra la crítica justificada, sino contra afirmaciones de hechos falsos que son aptas para dañar la reputación de una persona.

Significado de la prueba de la verdad

Si se puede presentar una prueba de la verdad o una prueba de buena fe, se rige por las reglas especiales. El acusado debe invocarlo expresamente. Sobre hechos de la vida privada o familiar y sobre acusaciones que solo se persiguen a petición, no se permite tal prueba. En estos casos, la exclusión de la pena no puede aplicarse.

Delito de acusación privada

La difamación no se persigue de oficio. La persona afectada debe presentar una demanda ante el tribunal y llevar el procedimiento como acusador privado. Sin esta acusación privada, no se produce ninguna persecución penal.

Multa – sistema de cuotas diarias

El Derecho Penal austriaco calcula las multas según el sistema de cuotas diarias. El número de cuotas diarias depende de la culpabilidad, el importe por día de la capacidad económica. De este modo, la pena se adapta a las circunstancias personales y, sin embargo, sigue siendo perceptible.

Indicación:

En el caso de la difamación, una multa se considera especialmente cuando la afirmación injuriosa solo tuvo efectos limitados, la reputación de la persona afectada solo se vio ligeramente perjudicada y el comportamiento se encuentra en el extremo inferior de la punibilidad. En tales casos, a menudo se recurre a una multa, mientras que las acusaciones graves o de gran repercusión pública pueden conducir a sanciones más severas.

Pena de prisión y suspensión (parcial) condicional

§ 37 StGB: Si la amenaza penal legal alcanza hasta cinco años, el tribunal puede imponer una multa en lugar de una pena de prisión corta de un año como máximo. Esta posibilidad también existe en el caso de delitos cuyo tipo básico prevé una multa o una pena de prisión de hasta un año. En la práctica, el § 37 StGB se aplica con moderación si el acto injurioso fue particularmente gravoso, repetido o estuvo asociado con un daño notable a la reputación pública. Sin embargo, en casos menos graves, especialmente en caso de efecto limitado o cese inmediato de la mala conducta, se puede recurrir al § 37 StGB.

§ 43 StGB: Una pena de prisión puede ser suspendida condicionalmente si no supera los dos años y el autor tiene un pronóstico social positivo. Esta posibilidad también existe en el caso de delitos con un marco penal básico de hasta un año. Se concede con más moderación una suspensión condicional si existen circunstancias agravantes o la afirmación difamatoria ha conducido a cargas profesionales o personales claras. Es realista, en particular, si el comportamiento pesa menos, surgió espontáneamente o no se han producido consecuencias duraderas para la persona afectada.

§ 43a StGB: La suspensión parcialmente condicional permite una combinación de parte de la pena incondicional y suspendida condicionalmente. Es posible en el caso de penas superiores a seis meses y hasta dos años. Dado que en los casos más graves de difamación se pueden imponer penas en el rango superior del marco penal, el § 43a StGB se considera regularmente. Sin embargo, en constelaciones con daño a la reputación pública de gran alcance o procedimiento intencionado, se aplica con mucha más moderación.

Artículos 50 a 52 del Código Penal: El tribunal puede dictar además instrucciones y ordenar ayuda para la libertad condicional. En particular, se consideran prohibiciones de contacto, medidas de supervisión u otras órdenes que promuevan la protección de la persona afectada y una probación legal estable. Se presta especial atención a la omisión de otras afirmaciones difamatorias y a garantizar que el autor no difunda ninguna declaración comparable en el futuro.

Competencia de los tribunales

Competencia material

Para la difamación, debido al marco penal de hasta seis meses de pena de prisión o hasta 360 días de multa en el tipo básico y hasta un año de pena de prisión o hasta 720 días de multa en el caso cualificado, es fundamentalmente competente el Juzgado de Distrito. Los delitos con una amenaza penal tan baja entran en la competencia de decisión en primera instancia de los Juzgados de Distrito según la competencia legal general.

Dado que la difamación solo se castiga con penas comparativamente bajas, el procedimiento siempre permanece en el Juzgado de Distrito. Para el Tribunal Regional o un Tribunal de Escabinos sería legalmente necesaria una amenaza penal significativamente mayor. Dado que esta no está prevista en el caso de la difamación, estos tribunales no se utilizan aquí.

Se excluye un Tribunal de Jurados porque la difamación no prevé una pena de prisión perpetua y, por lo tanto, no se cumplen los requisitos legales.

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„La competencia correcta no es un formalismo: quien empieza ante el tribunal equivocado, pierde tiempo, nervios y, en caso de duda, también ventajas probatorias y de ejecución.“

Competencia territorial

El tribunal del lugar del delito es competente. Es decisivo en particular

Si el lugar del delito no puede determinarse claramente, la competencia se rige por

El procedimiento se lleva a cabo donde mejor se garantice una realización adecuada y ordenada.

Recurso

Contra las sentencias del juzgado de distrito, cabe un recurso ante el tribunal regional. El tribunal regional decide como tribunal de apelación sobre la culpabilidad, la pena y las costas.

Las decisiones del tribunal regional pueden impugnarse posteriormente mediante un recurso de nulidad o una nueva apelación ante el Tribunal Supremo, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Demandas civiles en el proceso penal

En el caso de la difamación, la persona afectada como acusador privado puede hacer valer reclamaciones de derecho civil directamente en el procedimiento penal. Dado que el acto constituye una violación de la reputación social y, por lo tanto, también una injerencia en el derecho general a la personalidad, se consideran en particular indemnización por daños morales, sustitución de posibles desventajas económicas, costes de una atención psicológica, así como otros daños patrimoniales o inmateriales causados por el daño a la reputación. Dependiendo del caso individual, también se pueden hacer valer los costes de asesoramiento o asistencia jurídica, siempre que hayan sido causados directamente por la afirmación injuriosa.

La adhesión de la parte perjudicada suspende la prescripción de las reclamaciones hechas valer mientras el procedimiento penal esté pendiente. Solo después de la conclusión firme comienza a correr de nuevo el plazo de prescripción, siempre que la reclamación no haya sido concedida en su totalidad.

Una reparación voluntaria, como una disculpa sincera, una retractación, una rectificación o una compensación financiera, puede tener un efecto atenuante, siempre que se produzca de manera oportuna, creíble y completa.

Sin embargo, si el autor ha difundido afirmaciones injuriosas de manera planificada, repetida o durante un período prolongado, que han desencadenado desventajas sociales, profesionales o personales, una reparación posterior generalmente pierde en gran medida su efecto atenuante. En tales constelaciones, una compensación posterior no puede relativizar decisivamente la injusticia cometida.

Rechtsanwalt Sebastian Riedlmair Sebastian Riedlmair
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„El daño a la reputación deja huellas que a menudo son más difíciles de eliminar que los daños materiales.“
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El proceso penal en resumen

Inicio de la investigación

Un procedimiento penal requiere una sospecha concreta, a partir de la cual una persona se considera acusada y puede hacer valer todos los derechos del acusado. En el caso de delitos de acusación privada como la difamación, un procedimiento penal no comienza de oficio. La persona afectada debe presentar una acusación privada ante el tribunal, solo así surge un procedimiento penal regular. Sin tal demanda, solo se permiten exámenes preliminares, como una primera evaluación legal o el registro de un incidente, pero no investigaciones por parte de la policía o la fiscalía.

Policía y Fiscalía

En el caso de la difamación, no es la fiscalía la que lleva el procedimiento, sino el tribunal en el marco de la acusación privada. La policía y la fiscalía no suelen participar, ya que el delito no se persigue de oficio. Por lo tanto, los pasos decisivos recaen en el tribunal y las propias partes. El procedimiento termina por sobreseimiento, resolución por derivación o sentencia. Sin una acusación privada efectiva, no se puede llevar a cabo ningún procedimiento penal formal.

Interrogatorio del acusado

Antes de cada interrogatorio, se realiza una información completa sobre los derechos, en particular sobre el derecho a guardar silencio y el derecho a la asistencia de un abogado defensor. Un interrogatorio formal del acusado en el procedimiento de acusación privada requiere que exista una acusación privada válida y formalmente efectiva. Si se solicita un abogado defensor, se debe aplazar el interrogatorio.

Acceso al expediente

Se puede acceder a la inspección de los expedientes en el tribunal e incluye todos los documentos probatorios, siempre que no se ponga en peligro el propósito del procedimiento. La adhesión de la parte perjudicada se rige por las normas generales del Código de Procedimiento Penal y no está limitada por la acusación privada. También en el procedimiento de acusación privada, tanto el acusado como el acusador privado tienen derecho a la inspección de los expedientes.

Juicio oral

La audiencia principal sirve para la práctica de pruebas oral, la valoración jurídica y la decisión sobre las reclamaciones de derecho civil de las partes perjudicadas. Sin una acusación privada presentada correctamente, no se celebra ninguna audiencia principal, ya que de lo contrario no se podría llevar a cabo ningún procedimiento penal.

Derechos del acusado

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„Los pasos correctos en las primeras 48 horas a menudo deciden si un procedimiento se agrava o permanece controlable.“
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Práctica y consejos de comportamiento

  1. Guardar silencio.
    Es suficiente con una breve declaración: “Hago uso de mi derecho a guardar silencio y hablaré primero con mi defensa”. Este derecho se aplica desde el primer interrogatorio por parte de la policía o la fiscalía.
  2. Contactar inmediatamente con la defensa.
    No se debe hacer ninguna declaración sin haber consultado el expediente de investigación. Solo después de acceder al expediente, la defensa puede evaluar qué estrategia y qué aseguramiento de pruebas son sensatos.
  3. Asegure las pruebas de inmediato.
    Todos los documentos, mensajes, fotos, videos y otras grabaciones disponibles deben asegurarse lo antes posible y conservarse en copia. Los datos digitales deben asegurarse regularmente y protegerse contra modificaciones posteriores. Anote a las personas importantes como posibles testigos y registre el curso de los acontecimientos en un protocolo de memoria lo antes posible.
  4. No ponerse en contacto con la otra parte.
    Sus propios mensajes, llamadas o publicaciones pueden utilizarse como prueba en su contra. Toda la comunicación debe realizarse exclusivamente a través de la defensa.
  5. Asegurar a tiempo las grabaciones de vídeo y datos.
    Los vídeos de vigilancia en el transporte público, locales o administraciones de fincas suelen borrarse automáticamente al cabo de pocos días. Por lo tanto, las solicitudes de seguridad de datos deben presentarse inmediatamente a los operadores, la policía o la fiscalía.
  6. Documentar los registros e incautaciones.
    En caso de registros domiciliarios o incautaciones, debe solicitar una copia de la orden o del acta. Anote la fecha, la hora, las personas implicadas y todos los objetos que se hayan llevado.
  7. En caso de detención: no declarar sobre el asunto.
    Insista en que se notifique inmediatamente a su defensa. La prisión preventiva solo puede imponerse en caso de sospecha fundada y motivo de detención adicional. Las medidas más leves (por ejemplo, promesa, obligación de comparecer, prohibición de contacto) tienen prioridad.
  8. Prepare la reparación de forma específica.
    Los pagos, las prestaciones simbólicas, las disculpas u otras ofertas de compensación deben tramitarse y documentarse exclusivamente a través de la defensa. Una reparación estructurada puede tener un efecto positivo en el desvío y la determinación de la pena.
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„Quien actúa con reflexión, asegura pruebas y busca apoyo legal a tiempo, mantiene el control sobre el procedimiento.“

Sus ventajas con el apoyo de un abogado

Los casos de difamación se refieren a injerencias sensibles en el derecho a la personalidad y la reputación social de una persona. Es decisivo si realmente se ha expresado una afirmación de hechos injuriosa frente a terceros y si esta era apta para perjudicar la reputación de la persona afectada. Ya pequeñas diferencias en la redacción, en el contexto, en la difusión o en la interpretación de una declaración pueden cambiar significativamente la valoración jurídica.

Una representación legal temprana asegura que las declaraciones, los historiales de mensajes, las situaciones de comunicación y las posibles declaraciones de testigos se valoren correctamente, se aseguren completamente y se examinen en el contexto legal adecuado. Solo un análisis preciso muestra si la acusación de difamación está justificada o si existe un malentendido, una expresión de opinión admisible o una falta de base fáctica.

Nuestro bufete

Como especialistas en derecho penal, nos aseguramos de que la acusación de difamación se examine con precisión jurídica y de que el procedimiento se lleve a cabo sobre una base fáctica completa, realista y objetivamente equilibrada.

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„El apoyo legal significa separar claramente el acontecimiento real de las valoraciones y desarrollar a partir de ello una estrategia de defensa sólida.“
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FAQ – Preguntas frecuentes

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