El marco legal para la publicidad en línea lo constituye la Ley de Comercio Electrónico. Por lo tanto, la publicidad en línea es cualquier comunicación en línea que tenga como objetivo promover las ventas de una empresa.
Como medios publicitarios se consideran, entre otros:
- Publicidad en banners: espacios publicitarios diseñados gráficamente en un sitio web que se utilizan para publicidad;
- Hipervínculos: un enlace que lleva directamente al sitio web del anunciante;
- Ventanas emergentes: un elemento gráfico que aparece en cuanto el usuario accede a un sitio web.
Las prohibiciones y restricciones publicitarias también se aplican en Austria en Internet. Ya hemos tratado las prohibiciones y restricciones publicitarias en los artículos «Restricciones publicitarias personales y profesionales», «Restricciones publicitarias para determinadas profesiones liberales», «Publicidad y menores», «Publicidad y políticos», «Publicidad en medios impresos» y «Marketing directo». Estas se aplican sin restricciones también al ámbito en línea. Sin embargo, para este último existen además particularidades adicionales.
La Ley de Comercio Electrónico
En el ámbito en línea, el peligro de que se mezclen la publicidad y los contenidos editoriales es a menudo mayor que en la radio, donde la publicidad se emite en bloques publicitarios. Sin embargo, también debe estar claramente indicado en línea cuándo se trata de publicidad. Las ofertas, los obsequios y los regalos deben ser claramente reconocibles y las condiciones para su uso deben ser fácilmente accesibles. Los concursos también deben ser fácilmente reconocibles y el usuario debe tener acceso a las condiciones de participación.
Derecho de los medios de comunicación
La Ley de Medios de Comunicación también exige a los anunciantes en línea que designen los anuncios, recomendaciones u otros artículos e informes por cuya publicación se haya pagado como «Anuncio», «Publicidad» o «Inserción remunerada».
Además de los medios impresos, la Ley de Medios de Comunicación también conoce los «medios electrónicos periódicos». Se trata de medios que se emiten por vía electrónica (radiodifusión), que pueden consultarse en línea (sitios web) o que aparecen al menos cuatro veces al año con un diseño comparable (boletines informativos). Los medios en línea también necesitan un pie de imprenta y, en determinadas circunstancias, están obligados a revelar información. Puede leer más sobre la obligación de incluir un pie de imprenta y de revelar información en el artículo «Publicidad en medios impresos».
Solo están exentos de la obligación de revelar información los denominados sitios web «pequeños». La ley entiende por tales aquellos sitios web cuyo contenido no va más allá de la representación del ámbito personal o la presentación del titular del medio. Además, los sitios web «pequeños» no deben influir en la formación de la opinión de los usuarios de la web. Si no se cumplen estos criterios, se trata de un sitio web «grande», cuyo titular está a su vez obligado a revelar información. Un periódico en línea es un ejemplo clásico de un sitio web «grande» y, por lo tanto, está sujeto a la obligación de revelar información. Por el contrario, el blog de una madre, por muy apasionada que sea la bloguera, es un sitio web «pequeño» y, por lo tanto, está exento de la obligación de revelar información.