Impuestos y tasas

Al comprar un piso en propiedad, hay ciertos impuestos y tasas que deben pagarse. Estos se enumeran y explican con más detalle a continuación.

Impuesto sobre la renta inmobiliaria (ImmoESt)

El impuesto sobre la renta de bienes inmuebles es un impuesto que debe pagar el vendedor.

Importe del tipo impositivo

Las operaciones de venta de terrenos privados están sujetas, por regla general, a un tipo impositivo especial del 30 por ciento. El cálculo del impuesto sobre la renta de bienes inmuebles se realiza en forma de contrato de compraventa en el marco de nuestro bufete.

Excepciones al impuesto sobre la renta de bienes inmuebles

La venta de un piso en propiedad como residencia principal está exenta de impuestos para el vendedor en determinadas circunstancias. El vendedor debe haber vivido en él de forma continuada durante al menos dos años desde la compra hasta la venta. De lo contrario, la exención también se aplica si el vendedor ha vivido en él de forma continuada durante al menos 5 años en los últimos 10 años anteriores a la venta.

En el caso de un edificio de fabricación propia, como el de una segunda residencia, la exención del impuesto solo se aplica a un edificio y no al terreno.

Otro tipo impositivo

El tipo impositivo difiere entre los terrenos nuevos (adquiridos a partir del 31.03.2002) y los terrenos antiguos (adquiridos antes del 31.03.2002).

Para los terrenos antiguos, se utiliza un tipo impositivo del 4,2% del producto de la venta. Para los terrenos antiguos recalificados como edificables, el tipo impositivo es del 18% del producto de la venta.

Para los terrenos nuevos, se aplican las disposiciones relativas al tipo impositivo especial.

Impuesto sobre transmisiones patrimoniales (GrESt)

El impuesto sobre transmisiones patrimoniales grava la adquisición de terrenos dentro de Austria. Por terrenos en el sentido de la Ley del GrESt se entiende:

El GrESt es la contrapartida del ImmoESt y debe ser abonado por el comprador.

Base imponible del GrESt

Para la base imponible se consideran tres valores diferentes:

Por regla general, el GrESt se calcula a partir del valor de la contraprestación (precio de compra) más las obligaciones asumidas, como deudas o derechos de usufructo.

Dado que en una donación o herencia no existe contraprestación (precio de compra), en estos casos se determina el valor del terreno y este se utiliza como base imponible para el GrESt.

La base imponible sobre un valor unitario está pensada para la adquisición de terrenos agrícolas y forestales.

Excepciones al impuesto sobre transmisiones patrimoniales en el ámbito privado

Está exenta del GrESt la adquisición gratuita de una vivienda común por parte de la pareja de un matrimonio o de una unión civil. Para ello, se requieren los siguientes requisitos:

Tarifas

Adquisiciones onerosas

El impuesto sobre transmisiones patrimoniales en las adquisiciones onerosas es, en principio, del 3,5% de la base imponible.

Adquisiciones gratuitas y adquisiciones en el círculo familiar

En las adquisiciones gratuitas, como por ejemplo la donación, así como en las adquisiciones onerosas dentro del círculo familiar, se aplica una tarifa escalonada. Las adquisiciones reciben un trato preferente.

El impuesto asciende a:

Deuda tributaria

Se produce una deuda tributaria en el momento en que se ejecuta la operación de adquisición. La operación de adquisición o el negocio de obligación es, en este caso, el contrato de compraventa. El vendedor y el comprador se convierten en deudores tributarios, ya que son las personas que participan en el contrato de compraventa.

La deuda tributaria vence el día 15 del segundo mes siguiente a su nacimiento.

Certificado de no objeción según el artículo 160 BAO

Se necesita un certificado de no objeción para la inscripción en el registro de la propiedad en relación con la adquisición de la propiedad. Este debe obtenerse de la oficina de Hacienda competente y certifica que se ha pagado el impuesto sobre transmisiones patrimoniales.

Tasas de inscripción

Las tasas de inscripción para un piso en propiedad ascienden al 1,1% del precio total de compra.

En las adquisiciones onerosas y gratuitas en el círculo familiar, los costes de la tasa de inscripción se calculan a partir del triple del valor unitario (como máximo un tercio del valor de mercado).

Las tasas de presentación para el registro de la propiedad ascienden además a 47,00 € si se realiza por vía electrónica. La tasa de presentación por escrito asciende a 67,00 €.

Otros costes de la elaboración del contrato