Tratamiento médico no autorizado
- Tratamiento médico no autorizado
- Elemento objetivo del delito
- Delimitación de otros delitos
- Carga y valoración de la prueba
- Ejemplos prácticos
- Elemento subjetivo del delito
- Culpabilidad y errores
- Suspensión de la pena y desvío
- Determinación de la pena y consecuencias
- Marco penal
- Multa – sistema de cuotas diarias
- Pena de prisión y suspensión (parcial) condicional
- Competencia de los tribunales
- Demandas civiles en el proceso penal
- El proceso penal en resumen
- Derechos del acusado
- Práctica y consejos de comportamiento
- Sus ventajas con el apoyo de un abogado
- FAQ – Preguntas frecuentes
Tratamiento médico no autorizado
El tratamiento médico no autorizado según el § 110 StGB se produce cuando una medida médica se lleva a cabo sin el consentimiento efectivo del paciente, incluso si la intervención se realiza de forma profesional. Se protege el derecho a la autodeterminación sobre el propio cuerpo. El tratamiento sin consentimiento es punible, siempre que no exista una verdadera emergencia y la supuesta sospecha de peligro hubiera sido reconociblemente infundada tras una cuidadosa revisión. La persecución requiere un deseo expreso del afectado.
Un tratamiento médico no autorizado es cualquier medida médica sin el consentimiento válido del paciente, siempre que no exista una emergencia justificante.
Sebastian RiedlmairHarlander & Partner Rechtsanwälte „El tratamiento médico no autorizado no comienza en el quirófano, sino en el momento en que se ignora el consentimiento y la persona detrás del paciente se convierte en una mera superficie de tratamiento.“
Elemento objetivo del delito
El tipo objetivo del § 110 StGB abarca cualquier tratamiento médico que se realice sin el consentimiento efectivo del paciente. Es determinante la intervención real en la integridad física, independientemente de si la medida se realiza de forma profesional o en el interés médico del paciente. El tipo protege la autodeterminación sobre el propio cuerpo, es decir, el derecho a decidir informado sobre las intervenciones médicas. Un tratamiento es objetivamente típico tan pronto como no existe un consentimiento válido y la intervención no está cubierta por una emergencia real, objetivamente determinable, que haga imprescindible una medida médica inmediata. Si se asume una supuesta situación de emergencia que, tras una cuidadosa revisión, se hubiera podido reconocer como infundada, la intervención también sigue siendo típica.
Pasos de verificación
Sujeto activo:
Para un tratamiento médico no autorizado, puede ser responsable cualquier persona que realice una medida médica en alguien. No importa si se trata de un médico, personal de enfermería u otra persona. Lo decisivo es solo que la intervención provenga de esta persona y sea reconocible como tratamiento.
Sujeto pasivo:
El objeto del delito es cualquier persona en la que se realice una medida médica. Se protege el derecho de toda persona a decidir por sí misma si se puede llevar a cabo un tratamiento. Este derecho a la autodeterminación se aplica independientemente de la edad o de si alguien tiene limitaciones de salud.
Acción delictiva:
La acción delictiva es un tratamiento médico sin el consentimiento del afectado. Esto incluye todas las medidas que se aplican al cuerpo, como exámenes, inyecciones, vendajes, intervenciones quirúrgicas o aplicaciones terapéuticas.
Un tratamiento entra en el tipo penal si:
- se lleva a cabo realmente,
- no existe consentimiento del paciente,
- y no existe una verdadera emergencia médica que exija una actuación inmediata.
Importante: Incluso un tratamiento técnicamente correcto es ilegal si se realiza sin consentimiento.
Resultado de la acción:
El resultado del delito ya consiste en que el cuerpo es atacado o tratado sin consentimiento. No es necesario que se produzca un daño a la salud. Ya el hecho de que alguien haya sido tratado médicamente sin su permiso cumple con el resultado típico.
Causalidad:
El tratamiento debe haber sido causado por el comportamiento del autor. Esto significa: Sin la acción de la persona que realiza el tratamiento, la intervención no se habría producido. También se incluyen las acciones preparatorias si son las que hacen posible la intervención.
Imputación objetiva:
El éxito del tratamiento es objetivamente imputable si el tratamiento no autorizado realiza exactamente el riesgo que el legislador quiere evitar, a saber, una intervención médica sin consentimiento. No sería imputable un caso en el que la intervención se produce por razones totalmente independientes que no tienen nada que ver con el comportamiento de la persona que actúa médicamente.
Peter HarlanderHarlander & Partner Rechtsanwälte „Quien trata a una persona sin un consentimiento efectivo no solo sobrepasa un límite de competencia médica, sino que viola un ámbito de decisión altamente personal que el § 110 StGB protege expresamente.“
Delimitación de otros delitos
El tipo penal del tratamiento médico no autorizado según el § 110 StGB abarca los casos en los que se realiza una medida médica sin el consentimiento efectivo del paciente. El énfasis se pone en la falta de consentimiento, que representa una intromisión en la autodeterminación corporal. El agravio no surge por la medida médica en sí, sino por el tratamiento sin libertad de decisión del afectado. Por lo tanto, es determinante la violación del derecho a la autodeterminación, incluso si el tratamiento se realiza correctamente desde el punto de vista médico o sería beneficioso para la salud.
- § 83 StGB – Lesiones corporales: Las lesiones corporales se basan en un daño físico o en un deterioro de la salud. El § 110 StGB, por el contrario, ya abarca la intervención en sí misma, independientemente de si el paciente resulta herido o sufre un perjuicio para la salud. La delimitación se realiza según el propósito de protección: Mientras que el § 83 StGB protege la integridad física, el § 110 StGB sirve para asegurar la decisión libre y autodeterminada sobre las intervenciones médicas. Ambos delitos pueden coexistir si un tratamiento no autorizado causa al mismo tiempo una lesión.
- § 105 StGB – Coacción: La coacción exige una influencia coercitiva mediante violencia o amenaza que induce al afectado a un determinado comportamiento. El § 110 StGB, en cambio, no exige ninguna coacción; el tratamiento se realiza precisamente sin consentimiento y no se provoca mediante manipulación o presión. Ambos delitos pueden coincidir si una persona es inducida primero por amenaza a tolerar un tratamiento y luego es tratada médicamente de forma efectiva. Sin embargo, el núcleo del agravio se diferencia claramente: La coacción se refiere a la libertad de decisión, el § 110 StGB a la intervención física sin consentimiento.
Concurrencias:
Concurrencia real:
Existe una competencia real si al tratamiento médico no autorizado se suman otros delitos independientes, como lesiones corporales, privación de libertad, coacción o amenaza peligrosa. Estos tipos penales no se ven desplazados porque la violación de la autodeterminación corporal constituye un contenido de agravio independiente. Si se producen daños a la salud como consecuencia del tratamiento, ambos grupos de delitos suelen coexistir.
Concurrencia irreal:
Una supresión por especialidad solo entra en consideración si otro tipo penal abarca por completo todo el agravio del tratamiento. Este puede ser el caso de lesiones corporales cualificadas, si el énfasis se pone exclusivamente en la lesión real. A la inversa, el propio tratamiento médico no autorizado despliega especialidad si solo el tratamiento médico no autorizado está en primer plano y no existen otras violaciones de bienes jurídicos.
Pluralidad de hechos:
Existe una pluralidad de delitos si se realizan varios tratamientos no autorizados independientemente unos de otros o si varias intervenciones se desarrollan separadas en el tiempo. Cada tratamiento independiente sin consentimiento constituye un delito propio, siempre que no exista una unidad de acción natural.
Acción continuada:
Se debe asumir un delito unitario si se establecen medidas médicas continuas sin consentimiento que sirven a un propósito unitario, como la realización repetida de un paso de tratamiento contra la voluntad del paciente. El delito termina tan pronto como no se realizan más intervenciones o el afectado hace valer su oposición de forma efectiva.
Sebastian RiedlmairHarlander & Partner Rechtsanwälte „La separación clara entre el problema del consentimiento y las consecuencias de la lesión decide a menudo en la práctica si el § 110 StGB se aplica de forma independiente junto con una lesión corporal.“
Carga y valoración de la prueba
Fiscalía:
La fiscalía debe demostrar que el acusado ha realizado un tratamiento médico sin el consentimiento efectivo. Es decisiva la prueba de una intervención realmente realizada para la que no existía ni un consentimiento válido ni una verdadera emergencia médica. No se trata de errores profesionales médicos o valoraciones, sino de la circunstancia objetiva de que la intervención se ha realizado sin permiso.
En particular, debe demostrarse que
- se ha realizado realmente una medida médica,
- no existía el consentimiento del afectado,
- ninguna emergencia objetivamente necesaria justificaba el tratamiento inmediato,
- la intervención es objetivamente imputable al acusado.
La fiscalía también debe exponer si el acusado ha valorado erróneamente de forma contraria a sus deberes una supuesta situación de emergencia, siempre que esto sea relevante para la valoración jurídica.
Tribunal:
El tribunal examina todas las pruebas en el contexto general y valora si, según criterios objetivos, se ha realizado un tratamiento médico sin consentimiento. El centro de atención es la cuestión de si la intervención se realizó realmente y si se produjo sin el consentimiento efectivo.
Para ello, el tribunal tiene en cuenta en particular:
- Tipo y alcance del tratamiento realizado,
- si se declaró, revocó o nunca se otorgó un consentimiento,
- si existía objetivamente una emergencia o solo se asumió,
- si el afectado podía reconocer y rechazar la intervención,
- si una persona media razonable habría considerado necesario un consentimiento en las mismas circunstancias.
El tribunal delimita claramente los malentendidos sobre el alcance del tratamiento, las acciones rutinarias consentidas o las prestaciones de ayuda socialmente habituales sin carácter de intervención.
Persona acusada:
La persona acusada no tiene la carga de la prueba. Sin embargo, puede señalar dudas razonables, especialmente en cuanto a
- la cuestión de si realmente se ha realizado una intervención médica,
- si existía o se podía asumir un consentimiento,
- si el acusado podía asumir razonablemente una emergencia (apartado 2),
- contradicciones o falta de pruebas en la exposición de la situación del tratamiento.
También puede exponer que determinadas medidas son meras acciones preparatorias, ayudas de enfermería sin carácter de intervención o se han realizado con el consentimiento del afectado.
Valoración típica
En la práctica, en el § 110 StGB son importantes sobre todo las siguientes pruebas:
- documentos médicos, documentaciones o registros sobre la medida realizada,
- declaraciones de personas que realizan el tratamiento o que están presentes,
- pruebas de comunicación sobre el consentimiento, el rechazo o la información,
- documentos sobre la cuestión de si existía o no una emergencia objetiva,
- dictámenes técnicos sobre el desarrollo y la necesidad de la intervención,
- cronologías que muestran cuándo y cómo se realizó la intervención.
Peter HarlanderHarlander & Partner Rechtsanwälte „En los procedimientos sobre tratamiento médico no autorizado, rara vez se pone en primer plano si la medida era médicamente sensata, sino si la intervención se realizó realmente sin un consentimiento sólido.“
Ejemplos prácticos
- Tratamiento sin consentimiento efectivo en caso de supuesto consentimiento: El autor realiza una medida médica en una paciente, aunque no exista un consentimiento inequívoco. Asume erróneamente que la paciente está de acuerdo con el tratamiento, aunque no se le haya preguntado ni haya hecho una declaración expresa previa. La afectada permite que se realice la acción sobre ella porque asume que se trata solo de un examen preparatorio. Sin embargo, en realidad el autor ya comienza con una intervención. La falta de consentimiento conduce a una violación claramente reconocible de la autodeterminación corporal.
- Tratamiento debido a una situación de emergencia asumida erróneamente: Durante un cierto período de tiempo, el autor asume repetidamente que es imprescindible un tratamiento médico inmediato para proteger la salud del afectado. Realiza varias medidas sin consentimiento, aunque objetivamente no exista una emergencia y la situación hubiera permitido una aclaración. A continuación, el afectado no toma decisiones independientes sobre su atención médica porque las medidas ya se están llevando a cabo. A pesar de las indicaciones existentes de que no existe un peligro inmediato, el autor se aferra a la suposición de una emergencia y continúa tratando sin consentimiento.
Estos ejemplos muestran que existe un tratamiento médico no autorizado según el § 110 StGB si alguien realiza medidas médicas sin el consentimiento efectivo y, por lo tanto, viola la autodeterminación corporal del afectado.
Elemento subjetivo del delito
El tipo subjetivo del tratamiento médico no autorizado exige dolo. El autor debe saber que está realizando una medida médica sin el consentimiento efectivo del afectado y que esta intervención en la autodeterminación corporal es objetivamente adecuada para perjudicar el ámbito jurídico del paciente. Al mismo tiempo, debe aceptar al menos tácitamente que el afectado no tuvo la posibilidad de consentir o rechazar la medida.
Por lo tanto, el autor debe comprender que su comportamiento en la imagen general representa una intervención dirigida sin consentimiento y es típicamente adecuado para afectar la integridad física y la libertad de decisión del afectado. Es decisivo que la intervención se realice conscientemente sin consentimiento; la mera negligencia no es suficiente.
No existe un tipo subjetivo si el autor cree seriamente que existe un consentimiento, que la medida es deseada por el afectado o que una verdadera emergencia médica hace imprescindible el tratamiento inmediato. Quien asume que actúa legalmente o asume erróneamente un consentimiento no cumple con los requisitos del § 110 StGB.
En última instancia, actúa con dolo quien sabe y tiene como objetivo consciente realizar una medida médica sin consentimiento y, por lo tanto, perjudica la autodeterminación del afectado sobre su propio cuerpo.
Seleccione ahora la fecha deseada:Primera consulta gratuitaCulpabilidad y errores
Un error de prohibición solo exime de responsabilidad si era inevitable. Quien realiza una conducta que interfiere de forma reconocible en los derechos de otros, no puede alegar que no reconoció la ilicitud. Todos están obligados a informarse sobre los límites legales de su actuación. Un mero desconocimiento o un error imprudente no eximen de responsabilidad.
Principio de culpabilidad:
Solo es punible quien actúa de forma culpable. Los delitos dolosos exigen que el autor reconozca el suceso esencial y al menos lo asuma con conocimiento de causa. Si falta este dolo, por ejemplo, porque el autor asume erróneamente que su conducta está permitida o es secundada voluntariamente, a lo sumo existe negligencia. Esta no es suficiente en los delitos dolosos.
Incapacidad de imputación:
No incurre en culpabilidad quien, en el momento del hecho, no era capaz de comprender la ilicitud de su actuación o de actuar conforme a dicha comprensión debido a un trastorno mental grave, una alteración mental patológica o una incapacidad de control significativa. En caso de dudas correspondientes, se solicitará un dictamen psiquiátrico.
Estado de necesidad exculpante:
Puede existir un estado de necesidad exculpante si el autor actúa en una situación de coacción extrema para evitar un peligro agudo para su propia vida o la vida de otros. La conducta sigue siendo ilícita, pero puede tener un efecto atenuante de la culpabilidad o exculpante si no existía otra salida.
Quien cree erróneamente que está legitimado para realizar un acto de defensa, actúa sin dolo si el error era serio y comprensible. Tal error puede atenuar o excluir la culpabilidad. Sin embargo, si persiste una infracción del deber de cuidado, se considerará una valoración negligente o atenuante de la pena, pero no una justificación.
Suspensión de la pena y desvío
Desvío:
En principio, es posible una desviación en caso de tratamiento médico no autorizado. El tipo protege la autodeterminación corporal frente a intervenciones médicas no autorizadas y el peso de la culpa se rige sobre todo por el tipo e intensidad del tratamiento, las circunstancias de la intervención y la responsabilidad personal del autor. En los casos de intervenciones menores, clara comprensión y falta de antecedentes penales, en la práctica se examina regularmente una resolución por desviación.
Sin embargo, cuanto más claro sea un tratamiento planificado, consciente o repetido sin consentimiento o cuanto más grave sea la intervención en la integridad física, menos probable será una desviación.
Se puede examinar una desviación si
- la culpa es leve,
- la intervención solo interfiere leve o brevemente en la autodeterminación,
- no se han producido consecuencias para la salud o solo leves,
- no existió un comportamiento sistemático o continuado sin consentimiento,
- el caso es claro y manejable,
- y el autor es comprensivo, cooperativo y dispuesto a compensar.
Si entra en consideración una desviación, el tribunal puede ordenar prestaciones económicas, prestaciones de utilidad pública, instrucciones de asistencia o una compensación del delito. Una desviación no conduce a ninguna condena ni a ningún registro de antecedentes penales.
Exclusión del desvío:
Se excluye la diversión si
- se ha producido un perjuicio considerable o duradero de la integridad física,
- la intervención se realizó de forma consciente, dirigida, planificada o contra la voluntad expresa del afectado,
- varias personas se vieron afectadas o tuvieron lugar tratamientos no autorizados reiterados,
- existe una conducta sistemática o prolongada sin consentimiento,
- se vieron afectadas personas especialmente vulnerables,
- el tratamiento tuvo consecuencias graves, como dolores importantes o estrés psicológico,
- o la conducta general constituye una grave violación de la integridad personal.
Solo en caso de culpa claramente mínima y reconocimiento inmediato se puede examinar si es admisible un procedimiento de desvío excepcional. En la práctica, el desvío en el tratamiento curativo no autorizado sigue siendo posible, pero es raro en casos sistemáticos o con consecuencias graves.
Sebastian RiedlmairHarlander & Partner Rechtsanwälte „El desvío en el tratamiento curativo no autorizado no es una maniobra evasiva cómoda, sino que requiere una culpa mínima, un reconocimiento claro y un escenario general coherente.“
Determinación de la pena y consecuencias
El tribunal determina la pena según la magnitud del tratamiento no autorizado, según el tipo, duración e intensidad de la intervención, así como la medida en que la intervención médica no autorizada ha afectado la autodeterminación física o la salud de la persona afectada. Es determinante si el autor ha actuado repetida, dirigida o planificadamente sin consentimiento durante un período de tiempo más largo y si la conducta ha causado una carga física o psicológica notable.
Existen circunstancias agravantes, en particular, cuando
- el tratamiento se continuó durante un período de tiempo más largo,
- existió una conducta sistemática o particularmente obstinada sin consentimiento,
- la persona afectada se vio significativamente afectada física o psicológicamente,
- se vieron afectadas personas especialmente vulnerables,
- se continuó el tratamiento a pesar del claro rechazo o las indicaciones de falta de consentimiento,
- existió una violación significativa de la confianza, por ejemplo, en el marco de una relación especial de cercanía o dependencia,
- o existen antecedentes penales relevantes.
Las circunstancias atenuantes son, por ejemplo
- la ausencia de antecedentes penales,
- una confesión completa y una comprensión reconocible,
- una terminación inmediata del tratamiento no autorizado,
- esfuerzos activos para la reparación o disculpa,
- estrés psicológico particular o situaciones de sobrecarga en el autor,
- o una duración excesiva del procedimiento.
El tribunal puede suspender condicionalmente una pena de prisión si no supera los dos años y el autor presenta un pronóstico social positivo.
Marco penal
El tratamiento curativo no autorizado se castiga con pena de prisión de hasta seis meses o multa de hasta 360 días. Este marco penal constituye el límite máximo legal y se aplica a todos los casos en los que se ha realizado una medida médica sin consentimiento efectivo. La ley no prevé una amenaza penal mayor.
Una disculpa posterior, la finalización del tratamiento o los esfuerzos de reparación no modifican el marco penal legal. Tales circunstancias solo tienen efecto en el marco de la determinación de la pena.
La punibilidad se elimina si el autor ha asumido erróneamente un peligro urgente para la salud y este error no hubiera sido evitable con una revisión cuidadosa. Este motivo de exclusión no levanta el marco penal, sino que impide la intervención del tipo penal.
El tratamiento curativo no autorizado es además un delito de autorización. Esto significa que solo se lleva a cabo un enjuiciamiento penal si la persona afectada declara expresamente que desea un enjuiciamiento penal. Sin esta autorización, no se lleva a cabo ningún procedimiento.
Multa – sistema de cuotas diarias
El Derecho Penal austriaco calcula las multas según el sistema de cuotas diarias. El número de cuotas diarias depende de la culpabilidad, el importe por día de la capacidad económica. De este modo, la pena se adapta a las circunstancias personales y, sin embargo, sigue siendo perceptible.
- Margen: hasta 720 cuotas diarias – mínimo 4 euros, máximo 5.000 euros por día.
- Fórmula práctica: Aproximadamente 6 meses de prisión corresponden a unas 360 cuotas diarias. Esta conversión solo sirve de orientación y no es un esquema rígido.
- En caso de impago: El tribunal puede imponer una pena de prisión sustitutoria. Por lo general, se aplica lo siguiente: 1 día de prisión sustitutoria corresponde a 2 cuotas diarias.
Indicación:
En el tratamiento curativo no autorizado, una multa se considera en particular cuando la intervención solo interfiere levemente en la autodeterminación física, no se han producido consecuencias o solo leves y la conducta se encuentra en el límite inferior de la punibilidad.
Pena de prisión y suspensión (parcial) condicional
Artículo 37 StGB: Si la amenaza penal legal alcanza hasta cinco años, el tribunal puede imponer en lugar de una pena de prisión corta de un año como máximo una multa. Esta posibilidad también existe en delitos cuyo tipo penal básico prevé multa o pena de prisión de hasta un año. En la práctica, el artículo 37 StGB se aplica con moderación si la conducta fue particularmente gravosa, repetida o estuvo asociada con una intervención notable en la integridad física. En casos menos graves, en particular en tratamientos leves o sin consecuencias sin consentimiento, el artículo 37 StGB puede, sin embargo, ser invocado.
Artículo 43 StGB: Una pena de prisión puede ser suspendida condicionalmente si no supera los dos años y el autor tiene un pronóstico social positivo. Esta posibilidad también existe en delitos con un marco penal básico de hasta un año. Se concede con más moderación una suspensión condicional si existen circunstancias agravantes o el tratamiento sin consentimiento ha llevado a una carga física o psicológica clara. Es realista en particular cuando la conducta pesa menos, surgió situacionalmente o no se han producido consecuencias duraderas en la persona afectada.
Artículo 43a StGB: La suspensión parcialmente condicional permite una combinación de parte de la pena incondicional y suspendida condicionalmente. Es posible en penas superiores a seis meses y hasta dos años. Dado que en constelaciones más graves de tratamiento curativo no autorizado se pueden dictar penas en el rango superior del marco penal, el artículo 43a StGB se considera regularmente. En casos con circunstancias particularmente graves, consecuencias significativas para la salud o un procedimiento planificado, sin embargo, se aplica con notable moderación.
Artículos 50 a 52 del Código Penal: El tribunal puede dictar además instrucciones y ordenar ayuda para la libertad condicional. En particular, se consideran prohibiciones de contacto, programas de terapia o atención u otras medidas que deben promover la protección de la persona afectada y una estabilidad en el cumplimiento de la ley. Se presta especial atención a la prohibición vinculante de otras acciones de tratamiento no autorizadas y a garantizar que el autor solo actúe médicamente en el futuro con consentimiento efectivo.
Competencia de los tribunales
Competencia material
Para el tratamiento curativo no autorizado, debido al marco penal de hasta seis meses de pena de prisión o hasta 360 días de multa, es fundamentalmente competente el Tribunal de Distrito. Los delitos con una amenaza penal tan baja entran, según la competencia reglamentaria legal, en la competencia de decisión en primera instancia de los Tribunales de Distrito.
Dado que el tratamiento curativo no autorizado no conoce variantes del delito calificadas con una amenaza penal mayor y no se supera el marco penal legal, no existe ámbito de aplicación para el Tribunal Regional como juez único. Tampoco se considera un Tribunal de Escabinos, ya que para ello sería legalmente necesaria una amenaza penal mayor.
Se excluye un Tribunal de Jurados, ya que el tratamiento curativo no autorizado no prevé una pena de prisión perpetua y, por lo tanto, no se cumplen los requisitos legales.
Peter HarlanderHarlander & Partner Rechtsanwälte „La competencia correcta no es un formalismo: quien empieza ante el tribunal equivocado, pierde tiempo, nervios y, en caso de duda, también ventajas probatorias y de ejecución.“
Competencia territorial
El tribunal del lugar del delito es competente. Es decisivo en particular
- donde se realizó el tratamiento médico sin consentimiento,
- donde la falta de consentimiento se volvió legalmente relevante,
- donde se desencadenó un peligro para la salud no justificado,
- o donde se realizaron actos preparatorios o acompañantes que son esenciales para la intervención.
Si el lugar del delito no puede determinarse claramente, la competencia se rige por
- el domicilio de la persona acusada,
- el lugar de la detención,
- o la sede de la fiscalía competente en materia.
El procedimiento se lleva a cabo donde mejor se garantice una realización adecuada y ordenada.
Recurso
Contra las sentencias del juzgado de distrito, cabe un recurso ante el tribunal regional. El tribunal regional decide como tribunal de apelación sobre la culpabilidad, la pena y las costas.
Las decisiones del tribunal regional pueden impugnarse posteriormente mediante un recurso de nulidad o una nueva apelación ante el Tribunal Supremo, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Demandas civiles en el proceso penal
En un tratamiento curativo no autorizado, la persona afectada o los familiares cercanos pueden hacer valer como partes privadas reclamaciones de derecho civil directamente en el proceso penal. Dado que el hecho constituye una intervención no autorizada en la integridad física, se consideran en particular indemnización por daños y perjuicios, reemplazo de posibles costos de tratamiento, pérdida de ingresos, así como otras desventajas condicionadas por la salud o los derechos de la personalidad. Dependiendo de la constelación del caso, también se pueden hacer valer costos de seguimiento de la atención médica o psicoterapéutica, gastos de cuidado necesarios o costos de asesoramiento legal.
La adhesión de la parte privada inhibe la prescripción de todas las reclamaciones hechas valer, mientras el proceso penal esté pendiente. Solo después de la conclusión con fuerza de cosa juzgada comienza a correr de nuevo el plazo de prescripción, en la medida en que la reclamación no haya sido concedida por completo.
Una reparación voluntaria, como una disculpa seria, una compensación financiera o un apoyo activo en la superación de las consecuencias, puede tener un efecto atenuante de la pena, siempre que se realice de forma oportuna, creíble y completa.
Sin embargo, si el autor ha tratado planificada, repetida o durante un período de tiempo más largo sin consentimiento, ha causado una carga física o psicológica considerable o ha colocado a la víctima en una situación de salud o personal particularmente difícil, una reparación posterior generalmente pierde en gran medida su efecto atenuante. En tales constelaciones, una compensación posterior no puede relativizar decisivamente la injusticia cometida.
Sebastian RiedlmairHarlander & Partner Rechtsanwälte „Las reclamaciones civiles después de un tratamiento curativo no autorizado no solo abarcan la indemnización por daños y perjuicios y los costos de tratamiento, sino que hacen visible cuán profunda es realmente la intervención en el derecho de autodeterminación de la persona afectada.“
El proceso penal en resumen
Inicio de la investigación
Un proceso penal requiere una sospecha concreta, a partir de la cual una persona se considera acusada y puede hacer valer todos los derechos del acusado. En delitos de autorización como el tratamiento curativo no autorizado, sin embargo, solo se puede iniciar un proceso si la persona afectada declara expresamente que desea un enjuiciamiento penal. Sin esta declaración, solo se permiten exámenes preliminares, pero no investigaciones regulares.
Policía y Fiscalía
La Fiscalía dirige el proceso y determina el curso de las investigaciones, mientras que la Policía Criminal toma las medidas necesarias. Al final hay una decisión sobre sobreseimiento, desvío o acusación. Si no se otorga una autorización efectiva, el proceso permanece en la fase de examen preliminar y no puede continuarse.
Interrogatorio del acusado
Antes de cada interrogatorio se realiza una instrucción completa sobre los derechos, en particular sobre el derecho a guardar silencio y el derecho a la asistencia de un abogado defensor. Si se solicita un abogado defensor, el interrogatorio debe posponerse. Un interrogatorio formal del acusado siempre requiere que exista una autorización válida.
Acceso al expediente
Se puede acceder a la inspección de expedientes en la policía, la fiscalía y el tribunal, e incluye también pruebas, siempre que no se ponga en peligro el propósito de la investigación. La adhesión de la parte privada se rige por las normas generales del Código de Procedimiento Penal y permanece independiente de la autorización.
Juicio oral
El juicio oral sirve para la práctica de pruebas oral, la valoración jurídica y la decisión sobre las reclamaciones de derecho civil de las partes privadas. Sin la autorización de la persona afectada, no se lleva a cabo ningún juicio oral, ya que de lo contrario no se podría llevar a cabo ningún proceso penal.
Derechos del acusado
- Información y defensa: Derecho a ser informado, asistencia jurídica gratuita, libre elección de abogado defensor, asistencia de traducción, presentación de pruebas.
- Silencio y abogado: Derecho a guardar silencio en cualquier momento; si se incorpora un abogado defensor, se debe aplazar el interrogatorio.
- Obligación de informar: información oportuna sobre la sospecha/derechos; excepciones solo para asegurar el propósito de la investigación.
- Acceso al expediente en la práctica: Expedientes de investigación y del juicio oral; el acceso de terceros está limitado en favor del acusado.
Sebastian RiedlmairHarlander & Partner Rechtsanwälte „Los pasos correctos en las primeras 48 horas a menudo deciden si un procedimiento se agrava o permanece controlable.“
Práctica y consejos de comportamiento
- Guardar silencio.
Es suficiente con una breve declaración: “Hago uso de mi derecho a guardar silencio y hablaré primero con mi defensa”. Este derecho se aplica desde el primer interrogatorio por parte de la policía o la fiscalía. - Contactar inmediatamente con la defensa.
No se debe hacer ninguna declaración sin haber consultado el expediente de investigación. Solo después de acceder al expediente, la defensa puede evaluar qué estrategia y qué aseguramiento de pruebas son sensatos. - Asegure las pruebas de inmediato.
Todos los documentos, mensajes, fotos, videos y otras grabaciones disponibles deben asegurarse lo antes posible y conservarse en copia. Los datos digitales deben asegurarse regularmente y protegerse contra modificaciones posteriores. Anote a las personas importantes como posibles testigos y registre el curso de los acontecimientos en un protocolo de memoria lo antes posible. - No ponerse en contacto con la otra parte.
Sus propios mensajes, llamadas o publicaciones pueden utilizarse como prueba en su contra. Toda la comunicación debe realizarse exclusivamente a través de la defensa. - Asegurar a tiempo las grabaciones de vídeo y datos.
Los vídeos de vigilancia en el transporte público, locales o administraciones de fincas suelen borrarse automáticamente al cabo de pocos días. Por lo tanto, las solicitudes de seguridad de datos deben presentarse inmediatamente a los operadores, la policía o la fiscalía. - Documentar los registros e incautaciones.
En caso de registros domiciliarios o incautaciones, debe solicitar una copia de la orden o del acta. Anote la fecha, la hora, las personas implicadas y todos los objetos que se hayan llevado. - En caso de detención: no declarar sobre el asunto.
Insista en que se notifique inmediatamente a su defensa. La prisión preventiva solo puede imponerse en caso de sospecha fundada y motivo de detención adicional. Las medidas más leves (por ejemplo, promesa, obligación de comparecer, prohibición de contacto) tienen prioridad. - Prepare la reparación de forma específica.
Los pagos, las prestaciones simbólicas, las disculpas u otras ofertas de compensación deben tramitarse y documentarse exclusivamente a través de la defensa. Una reparación estructurada puede tener un efecto positivo en el desvío y la determinación de la pena.
Peter HarlanderHarlander & Partner Rechtsanwälte „Quien actúa con reflexión, asegura pruebas y busca apoyo legal a tiempo, mantiene el control sobre el procedimiento.“
Sus ventajas con el apoyo de un abogado
Los casos de tratamiento curativo no autorizado se refieren a intervenciones sensibles en la integridad física y el derecho a la autodeterminación. Es decisivo si un tratamiento se realizó realmente sin consentimiento efectivo y si la situación requería objetivamente una intervención médica inmediata. Ya pequeñas diferencias en el desarrollo, en la comunicación, en la documentación del consentimiento o en la valoración real de una supuesta situación de emergencia pueden modificar significativamente la valoración jurídica.
Una representación legal temprana asegura que los documentos médicos, los cursos de conversación, los procesos de tratamiento y las declaraciones se valoren correctamente, se documenten completamente y se examinen en el contexto legal correcto. Solo un análisis preciso muestra si la acusación de un tratamiento no autorizado está justificada o si existen malentendidos, falta de documentación o una valoración errónea comprensible.
Nuestro bufete
- examina si un tratamiento se ha realizado realmente sin consentimiento efectivo,
- analiza documentos médicos, conversaciones y procesos en busca de lagunas, contradicciones y puntos poco claros,
- le protege contra representaciones unilaterales, atribuciones de culpa precipitadas y documentaciones confusas,
- desarrolla una estrategia de defensa o reclamación clara que representa de forma comprensible el curso médico real.
Como especialistas en derecho penal, aseguramos que la acusación de tratamiento curativo no autorizado se examine con precisión legal y que el proceso se lleve a cabo sobre una base de hechos completa, realista y equilibrada.
Sebastian RiedlmairHarlander & Partner Rechtsanwälte „El apoyo legal significa separar claramente el acontecimiento real de las valoraciones y desarrollar a partir de ello una estrategia de defensa sólida.“