Reglas FIS
- Reglas FIS
- Texto completo de las diez reglas FIS
- Preámbulo
- Regla FIS n.º 1: Consideración hacia los demás esquiadores y snowboarders
- Regla FIS n.º 2: Control de la velocidad y la forma de esquiar
- Regla FIS n.º 3: Elección de la trayectoria
- Regla FIS n.º 4: Adelantamiento
- Regla FIS n.º 5: Incorporación, inicio y esquí cuesta arriba
- Regla FIS n.º 6: Detención
- Regla FIS n.º 7: Ascenso y descenso
- Regla FIS n.º 8: Observación de las señales
- Regla FIS n.º 9: Asistencia
- Regla FIS n.º 10: Obligación de identificarse
- Importancia internacional de las reglas FIS
- Profundización en las reglas FIS
- Sus ventajas con el apoyo de un abogado
- Preguntas frecuentes – FAQ
Reglas FIS
Las reglas FIS (Fédération Internationale de Ski) son un código de conducta reconocido internacionalmente para esquiadores y snowboarders. Constan de diez directrices vinculantes que garantizan la consideración, la seguridad y la responsabilidad en las pistas de esquí. Regulan cómo ajustar la velocidad, elegir el carril, adelantar o reaccionar después de una caída. Aunque no son leyes en sentido estricto, se consideran un criterio para la evaluación de las obligaciones de diligencia y, por tanto, para las cuestiones de responsabilidad civil y penal.
Las reglas FIS son diez normas internacionales de conducta que garantizan la seguridad y la consideración en las pistas de esquí.
Las reglas FIS no son una ley, como por ejemplo el código de circulación, ni tampoco disposiciones consuetudinarias. Sin embargo, las reglas FIS y el proyecto de ordenanza de pistas POE, como resúmenes especializados de las obligaciones de diligencia que deben observarse en la práctica del esquí alpino para proteger a todos los implicados, son de gran importancia en la evaluación jurídica de los accidentes de esquí y snowboard.
Se presupone que todos los usuarios de las pistas conocen las reglas FIS. El comportamiento negligente de un usuario de las pistas no puede excusarse por el desconocimiento de las reglas. Como esquiador, en principio puede confiar en que los demás usuarios de las pistas cumplen las reglas de las pistas.
Los tribunales recurren regularmente a las reglas FIS, así como al proyecto de ordenanza de pistas POE, como criterio de evaluación en los accidentes de esquí y snowboard. Por lo tanto, quien no cumpla las reglas FIS y cause así un accidente con daños materiales o personales, en muchos casos será punible y, con gran probabilidad, estará obligado a indemnizar por daños y perjuicios.
Peter HarlanderHarlander & Partner Rechtsanwälte „Wer die FIS-Regeln missachtet, verletzt nicht nur sportliche Fairness, sondern riskiert auch erhebliche haftungsrechtliche Konsequenzen.“
Texto completo de las diez reglas FIS
Preámbulo
Esquiar y hacer snowboard, como todos los deportes, entrañan riesgos. Las reglas FIS, como medida del comportamiento deportivo del esquiador y snowboarder cuidadoso y responsable, tienen como objetivo evitar accidentes en las pistas de esquí y snowboard. Las reglas FIS se aplican a todos los esquiadores y snowboarders. Todo esquiador y snowboarder está obligado a conocerlas y cumplirlas. Quien cause un accidente infringiendo las reglas puede ser responsable de las consecuencias en materia civil y penal.
Regla FIS n.º 1: Consideración hacia los demás esquiadores y snowboarders
Todo esquiador y snowboarder debe comportarse de tal manera que no ponga en peligro ni perjudique a los demás.
Los esquiadores y snowboarders son responsables no solo de su comportamiento incorrecto, sino también de las consecuencias de un equipo defectuoso. Esto también se aplica a los usuarios de equipos deportivos de nuevo desarrollo.
En el esquí se aplica el principio de prohibición de peligro. Según este principio, todo esquiador debe comportarse de tal manera que no ponga en peligro ni perjudique a los demás. Se debe tener especial cuidado en las denominadas zonas neurálgicas de las pistas (por ejemplo, una zona de tráfico en sentido contrario).
Regla FIS n.º 2: Control de la velocidad y la forma de esquiar
Todo esquiador y snowboarder debe esquiar con visibilidad. Debe adaptar su velocidad y su forma de esquiar a su habilidad y a las condiciones del terreno, de la nieve y meteorológicas, así como a la densidad del tráfico.
Las colisiones son a menudo la consecuencia de una velocidad excesiva, una forma de esquiar incontrolada o una observación deficiente. Los esquiadores y snowboarders deben poder detenerse o esquivar dentro de su campo de visión. En los lugares poco claros o muy transitados, se debe esquiar lentamente, especialmente en los bordes, al final de las pistas y en la zona de los remontes y teleféricos.
Tanto la obligación de esquiar con visibilidad como la obligación de esquiar de forma controlada constituyen principios elementales de todos los deportes que se practican en movimiento. A la hora de elegir la velocidad, deben tenerse en cuenta principalmente factores como la habilidad para esquiar, el terreno, las condiciones de la pista y la frecuencia de la pista. En cualquier caso, un esquiador debe esquiar de forma tan controlada y observar el terreno con tanta precisión que, en caso de peligro de colisión, pueda esquivar el obstáculo a tiempo o detenerse antes de él.
Regla FIS n.º 3: Elección de la trayectoria
El esquiador y snowboarder que viene por detrás debe elegir su trayectoria de tal manera que no ponga en peligro a los esquiadores y snowboarders que esquían delante de él.
El esquí y el snowboard son deportes de libre movimiento, donde cada uno puede esquiar a su antojo, siempre que cumpla las reglas, respete el espacio libre de los demás y tenga en cuenta su propia habilidad y la situación respectiva. El esquiador o snowboarder que va delante tiene prioridad. Quien esquía detrás de otro debe mantener una distancia suficiente para dejar al que va delante espacio suficiente para todos sus movimientos.
Básicamente, se aplica que el esquiador delantero que se mueve en la dirección general de la marcha tiene prioridad sobre el esquiador que viene detrás. En principio, el esquiador delantero tampoco tiene que orientarse hacia atrás/arriba, aunque descienda en amplias curvas y pueda cruzar la trayectoria de un esquiador que viene detrás a mayor velocidad.
Regla FIS n.º 4: Adelantamiento
Se puede adelantar por arriba o por abajo, por la derecha o por la izquierda, pero siempre solo con una distancia que deje al esquiador o snowboarder adelantado espacio suficiente para todos sus movimientos.
La obligación del esquiador o snowboarder que adelanta se mantiene durante todo el proceso de adelantamiento, para que el esquiador o snowboarder adelantado no se vea en dificultades. Esto también se aplica al pasar junto a un esquiador o snowboarder parado.
Tanto al adelantar como al pasar y esquiar uno al lado del otro, se debe mantener una distancia de seguridad suficiente con respecto al otro esquiador. El alcance concreto de la distancia de seguridad necesaria en cada caso depende de las condiciones de la pista, las condiciones de visibilidad, la frecuencia de la pista, así como la habilidad para esquiar y la velocidad de los esquiadores implicados. Por lo general, una distancia de 2 a 3 metros es suficiente.
Regla FIS n.º 5: Incorporación, inicio y esquí cuesta arriba
Todo esquiador y snowboarder que quiera incorporarse a una bajada, volver a arrancar después de una parada o girar o esquiar cuesta arriba, debe asegurarse de que puede hacerlo sin peligro para sí mismo y para los demás.
La experiencia demuestra que la incorporación a una pista y el reinicio después de una parada a veces provocan accidentes. Por lo tanto, es absolutamente necesario que un esquiador o snowboarder que arranca se incorpore de forma armoniosa y sin peligro para sí mismo y para los demás al flujo general de tráfico en la bajada. Si entonces se encuentra, aunque sea lentamente, en movimiento, vuelve a tener prioridad sobre los esquiadores y snowboarders más rápidos que vienen por detrás o por arriba, según la regla 3.
El desarrollo de los esquíes de carving y las tablas de snowboard permite a sus usuarios realizar sus giros y curvas también cuesta arriba. De este modo, se mueven en sentido contrario al tráfico general que fluye cuesta abajo y, por lo tanto, están obligados a asegurarse a tiempo también hacia arriba de que pueden hacerlo sin peligro para sí mismos y para los demás.
Los esquiadores que se incorporan a una pista o que arrancan desde parado tienen prioridad sobre los esquiadores que ya están en movimiento. Están obligados a comprobar el peligro hacia arriba.
Después de un período de tiempo de aproximadamente 4 segundos después de la incorporación o el arranque, vuelve a aplicarse la regla de prioridad según la regla FIS 3.
Cabe señalar que el esquiador que no se incorpora al espacio libre de esquí, sino que se incorpora desde una pista a un cruce de pistas o a una confluencia de pistas, no entra en el ámbito de aplicación de la regla FIS 5 y, por lo tanto, en principio no se encuentra en desventaja.
Regla FIS n.º 6: Detención
Todo esquiador y snowboarder debe evitar permanecer sin necesidad en lugares estrechos o poco claros de una bajada. Un esquiador o snowboarder caído debe despejar dicho lugar lo antes posible.
Excepto en las pistas anchas, el esquiador y snowboarder solo debe detenerse y permanecer de pie en el borde de la pista. Los puntos estrechos y los tramos poco claros deben mantenerse completamente despejados.
Regla FIS n.º 7: Ascenso y descenso
Un esquiador o snowboarder que asciende o desciende a pie debe utilizar el borde de la bajada.
Los movimientos en sentido contrario al flujo general de tráfico representan obstáculos inesperados para los esquiadores y snowboarders. Las huellas dañan la pista y, por lo tanto, pueden poner en peligro a los esquiadores y snowboarders.
Para los esquiadores de travesía, la regla de ascenso solo se aplica de forma limitada.
Regla FIS n.º 8: Observación de las señales
Todo esquiador y snowboarder debe observar la señalización y la señalización.
Las pistas se marcan según su grado de dificultad en negro, rojo, azul o verde. Los esquiadores y snowboarders son libres de elegir las pistas que deseen. Las pistas están señalizadas con carteles de indicación, peligro y prohibición. Si una pista está designada como cerrada o clausurada, esto debe observarse de forma tan obligatoria como la indicación de peligros. Los esquiadores y snowboarders deben ser conscientes de que estas precauciones se toman en su propio interés.
Regla FIS n.º 9: Asistencia
En caso de accidente, todo esquiador y snowboarder está obligado a prestar asistencia.
La prestación de asistencia, independientemente de una obligación legal, es un precepto de deportividad. Esto significa primeros auxilios, alertar al servicio de rescate y asegurar el lugar del accidente. La FIS espera que la fuga en caso de accidente se sancione de la misma manera que en el tráfico rodado, incluso en aquellos países en los que dicho comportamiento no se persigue ya penalmente.
Regla FIS n.º 10: Obligación de identificarse
Todo esquiador y snowboarder, ya sea testigo o implicado, ya sea responsable o no, debe indicar sus datos personales en caso de accidente.
Seleccione ahora la fecha deseada:Primera consulta gratuitaImportancia internacional de las reglas FIS
Las reglas FIS se consideran en todo el mundo como un estándar para las obligaciones de diligencia en los deportes de invierno alpinos. También tienen importancia jurídica fuera de Austria:
- Alemania: La jurisprudencia aplica regularmente las reglas FIS como criterio. Se tratan de forma similar al código de circulación, especialmente en las colisiones por alcance.
- Suiza: Aunque no están reguladas por ley, las reglas están firmemente ancladas en la práctica de los tribunales.
- Italia (Tirol del Sur): Aquí, las reglas FIS han sido adoptadas en gran medida por la ley regional y están legalmente protegidas.
- Francia: En algunos casos, las reglas son incluso vinculantes por ordenanzas municipales.
- España: Los tribunales españoles también recurren a las reglas FIS como orientación para la obligación general de diligencia.
El reconocimiento internacional garantiza la seguridad jurídica en los deportes de invierno transfronterizos, también en el marco del Reglamento Roma II, que determina la ley aplicable en los casos internacionales de indemnización por daños y perjuicios.
Profundización en las reglas FIS
La prueba testifical es de gran importancia para la evaluación civil y penal de un accidente. Por lo tanto, todo esquiador y snowboarder responsable debe cumplir con su deber cívico y moral de ponerse a disposición como testigo. También los informes del servicio de rescate y de la policía, así como las fotografías, sirven para evaluar las cuestiones de responsabilidad.
Las reglas FIS no son solo recomendaciones generales para el comportamiento deportivo, sino que tienen una relevancia jurídica muy concreta. Los tribunales las utilizan regularmente como criterio para determinar si un esquiador o snowboarder ha actuado de forma negligente.
Sebastian RiedlmairHarlander & Partner Rechtsanwälte „Die Gerichte werten die FIS-Regeln regelmäßig wie eine verbindliche Richtschnur. Sie entscheiden im Kern darüber, ob ein Verhalten als sorgfaltswidrig einzustufen ist.“
Constelaciones típicas de accidentes
- Colisiones por alcance: Según la jurisprudencia constante del Tribunal Supremo de Justicia (OGH), existe una prueba aparente de la culpabilidad del que viene por detrás si embiste al que va delante. En este caso, se suele presumir una infracción de la regla FIS nº 3 («Elección de la trayectoria»).
- Incorporación a la pista: En caso de accidente en cruces o tras la reanudación de la marcha, el que se incorpora tiene una obligación de diligencia especialmente elevada según la regla FIS nº 5.
- Colisiones en zonas de cruce: Aquí se aplica una mayor obligación de reducir la velocidad. Quien conduce rápido a pesar de una situación confusa, infringe la regla FIS nº 2.
- Caídas en lugares confusos: Si una persona que ha caído permanece en medio de una cima o un estrechamiento, existe una clara infracción de la regla FIS nº 6.
Distribución de la responsabilidad
- Culpabilidad exclusiva: Si existe una infracción clara de las reglas, el causante del accidente asume toda la responsabilidad.
- Concurrencia de culpas: En caso de infracciones mutuas (por ejemplo, adelantamiento sin distancia de seguridad frente a bandazos incontrolados), se produce una distribución proporcional.
- Niños y principiantes: Los principiantes también deben respetar las reglas FIS. No obstante, la jurisprudencia tiene en cuenta la edad y la capacidad a la hora de imputar la culpa.
Carga de la prueba y testigos
- Según el artículo 1298 del ABGB, el perjudicado debe probar en primer lugar que se ha producido un daño y que este es atribuible al comportamiento del contrario. Si se determina la causalidad, el causante del daño tiene la carga de la prueba de que no le corresponde ninguna culpa.
- La regla FIS nº 10 («Obligación de identificarse») sirve aquí como aseguramiento de la prueba: Quien se aleja del lugar del accidente dificulta la reconstrucción y se arriesga a consecuencias penales adicionales.
- Las declaraciones de los testigos, las fotos o los informes policiales suelen ser decisivos para demostrar el cumplimiento o la infracción de las reglas.
Sus ventajas con el apoyo de un abogado
Las reglas FIS no son una ley, pero constituyen un criterio de responsabilidad decisivo en los accidentes de esquí y snowboard. Los tribunales presuponen su cumplimiento, y su infracción puede acarrear responsabilidad penal, así como obligación de indemnización por daños y perjuicios.
Con el apoyo de un abogado, se beneficia de:
- Reclamación de indemnizaciones por daños y perjuicios si ha resultado herido en un accidente de esquí o snowboard.
- Defensa contra reclamaciones injustificadas si se le acusa de una conducta indebida.
- Análisis fundamentado de la constelación concreta del accidente, teniendo en cuenta las reglas FIS, la jurisprudencia del OGH y el Reglamento Roma II.
- Representación contundente en los tribunales frente a las aseguradoras y los tribunales para hacer valer sus derechos de forma eficaz.
Peter HarlanderHarlander & Partner Rechtsanwälte „Das Haftungsrisiko ist im Wintersport ohne anwaltliche Vertretung kaum zu überblicken, da neben den FIS-Regeln auch ABGB und OGH-Judikatur maßgeblich sind.“