En el procedimiento administrativo, se considera parte a aquella persona que, aunque inicialmente es “solo” interesada, además está implicada en el asunto administrativo concreto en virtud de un derecho subjetivo o de un interés jurídico. Por lo tanto, lo decisivo no es si alguien está “de alguna manera afectado”, sino si el ordenamiento jurídico le atribuye a esa persona una posición jurídicamente relevante en el procedimiento. Esto suele ocurrir cuando la actividad administrativa se dirige precisamente a esa persona o puede afectar su posición jurídica como resultado, porque tiene más que un mero interés fáctico, y por lo tanto no solo está presente en el procedimiento, sino que puede participar con derechos propios.

Una parte en el procedimiento administrativo es un interesado que está implicado en el asunto debido a un derecho subjetivo o un interés jurídico.

¿Qué significa el concepto de parte en el procedimiento administrativo? Según el § 8 de la AVG, decide sobre sus derechos de participación y recursos legales.
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„La condición de parte no surge por la mera afectación, sino solo cuando la ley atribuye a una persona una posición jurídica protegida en el procedimiento y, por lo tanto, puede hacer valer sus propios derechos frente a la autoridad.“
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Concepto de parte en el procedimiento administrativo

El concepto de parte en el procedimiento administrativo constituye el fundamento para determinar quién puede participar realmente en el procedimiento y quién solo está afectado marginalmente. Su base legal se encuentra principalmente en la Ley General de Procedimiento Administrativo (AVG), en particular en el § 8 de la AVG, que distingue entre interesados y partes, y así establece el alcance de los derechos de participación. Solo sobre esta base se decide si una persona es meramente oída por la autoridad o si puede hacer valer sus derechos de forma activa y jurídicamente protegida.

Se distingue entre:

Interesados en el procedimiento administrativo

En el procedimiento administrativo, se consideran interesados a todas las personas que solicitan una actividad de la autoridad o a quienes se refiere dicha actividad. Esto incluye no solo a los solicitantes, sino también a aquellas personas cuyos intereses se ven afectados de facto por un procedimiento. Sin embargo, es crucial que los interesados aún no tienen la plena condición de parte, sino que inicialmente solo están “implicados en el procedimiento”.

Lo típico es un mero interés fáctico, como una preocupación económica o personal, que, aunque comprensible, no está necesariamente protegido por el ordenamiento jurídico como un derecho propio. Los interesados pueden ser oídos en ciertas constelaciones o participar en una audiencia oral, pero no pueden hacer valer sus intereses de la misma manera que las partes.

Para la clasificación, ayuda la siguiente delimitación:

Así, el concepto de interesado constituye el nivel básico de la integración procesal, mientras que la condición de parte abre derechos más amplios.

Partes en el procedimiento administrativo

Una parte es más que un mero interesado. La ley le otorga una verdadera posición de participación, ya sea porque tiene un derecho subjetivo a una determinada decisión administrativa o porque posee un interés jurídicamente reconocido en el objeto del procedimiento. De este modo, está expresamente protegida por el ordenamiento jurídico.

Esto significa: La decisión de la autoridad puede influir directamente en la propia posición jurídica, por ejemplo, concediendo, retirando o limitando un derecho. Precisamente por esta razón, la parte recibe amplios derechos de participación en el procedimiento. No solo debe ser informada, sino que puede participar activamente, presentar alegaciones y, en su caso, interponer recursos legales.

Por lo tanto, las partes disponen en particular de los siguientes derechos fundamentales:

Condición de parte y delimitación

La delimitación entre interesado y parte decide si alguien es meramente “oído” en el procedimiento o si puede defender y hacer valer activamente sus derechos. Por lo tanto, lo relevante no es el interés personal, sino la cuestión de si el ordenamiento jurídico atribuye a la persona en cuestión una posición jurídica protegida.

Una persona posee la condición de parte si la resolución prevista afecta directamente sus propios derechos legalmente protegidos. Esto ocurre, por ejemplo, cuando tiene derecho a una determinada decisión o cuando la ley le otorga expresamente derechos de parte. Si, por el contrario, falta un derecho sustantivo o procesal y solo existe un interés fáctico, se mantiene la condición de interesado.

En la práctica, la condición de parte depende, por lo tanto, a menudo de dos niveles:

Concepto material de parte e interés jurídico

El concepto material de parte se refiere a si una persona está directamente afectada en su propia posición jurídica por el objeto del procedimiento. Por lo tanto, lo decisivo no es cómo se inició formalmente el procedimiento, sino si el resultado de la decisión administrativa puede modificar la posición jurídica de esa persona.

Existe un interés jurídico cuando el ordenamiento jurídico reconoce este interés de forma expresa o al menos discernible como digno de protección. Esto difiere significativamente de una mera preocupación económica o emocional. Quien solo teme que una situación se desarrolle de forma desfavorable aún no posee la condición de parte, siempre que la ley no le otorgue un derecho subjetivo.

Decisión sobre la condición de parte controvertida

En la práctica, es frecuente que una persona alegue su condición de parte, mientras que la autoridad la niega o otros interesados se oponen. En tales casos, la cuestión no puede quedar abierta, sino que la autoridad debe decidir formalmente al respecto. Esta decisión se adopta mediante una resolución.

La autoridad examina si la persona afectada debe ser clasificada como parte según las disposiciones pertinentes. Si es necesario, incluso lleva a cabo un procedimiento propio cuyo objeto es exclusivamente la condición de parte. De este modo, se establece claramente si la persona tiene o no plenos derechos de parte.

La decisión sobre la condición de parte tiene consecuencias de gran alcance:

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„Precisamente porque esta decisión marca todo el curso posterior, la cuidadosa revisión legal adquiere una importancia especial.“
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Derechos de las partes en el procedimiento

Las partes en el procedimiento administrativo disponen de amplios derechos procesales que les permiten una influencia activa. Estos derechos aseguran que la autoridad no decida unilateralmente, sino que involucre a la persona afectada y tenga en cuenta sus argumentos. De este modo, se implementa en la práctica el principio de un procedimiento justo.

Entre los derechos fundamentales de las partes se encuentran, en particular:

Acceso al expediente y audiencia de las partes

El derecho de acceso al expediente permite a la parte examinar todos los documentos relevantes para la decisión. De este modo, sabe en qué hechos y pruebas se basa la autoridad y puede adaptar su argumentación de forma específica.

Estrechamente relacionado con esto está el derecho a la audiencia de las partes. Antes de que la autoridad emita una resolución, debe dar a la parte la oportunidad de expresarse. La parte puede presentar objeciones, ofrecer pruebas y reaccionar a los resultados del procedimiento de investigación. Así se crea un procedimiento equilibrado, porque la autoridad no decide unilateralmente, sino que tiene en cuenta los argumentos de ambas partes.

Estos dos derechos cumplen, por lo tanto, una función central:

Quien utiliza estos derechos de forma consecuente fortalece considerablemente su posición, ya que influye en la base de la decisión administrativa.

Notificación y recursos legales

Una decisión solo surte efecto cuando es notificada correctamente a la parte. La notificación no es, por lo tanto, un mero acto formal, sino el momento a partir del cual comienzan a correr los plazos y se pueden interponer recursos legales. Solo si la parte recibe un conocimiento fiable del contenido de la resolución, puede ejercer sus derechos de forma efectiva.

El derecho a interponer recursos legales garantiza que una decisión sea revisada si la parte la considera ilegal. Dependiendo del procedimiento, se pueden considerar diferentes recursos legales, como el recurso ante el tribunal administrativo o recursos especiales en asuntos municipales. De este modo, la parte obtiene una instancia de control adicional que examina tanto cuestiones legales como, en su caso, hechos.

Aspectos esenciales son:

Además de los recursos ordinarios, el procedimiento administrativo también conoce recursos extraordinarios como la reanudación del procedimiento o la restitución al estado anterior. De este modo, incluso después de la finalización de un procedimiento, bajo ciertas condiciones, puede realizarse una corrección.

Además, existe la posibilidad de hacer valer la obligación de la autoridad de decidir. Si una autoridad no decide a pesar de una solicitud, la parte no puede quedar desprotegida. En tales casos, puede interponer un recurso por inactividad para que un tribunal revise la inactividad y se adopte una decisión.

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„Los derechos de las partes son el instrumento central para hacer transparentes las decisiones administrativas, influir en ellas y, si es necesario, someterlas a revisión judicial, porque solo el acceso al expediente, la audiencia de las partes y los recursos legales efectivos garantizan un procedimiento justo y controlable.“

Tipos de partes

No todas las partes desempeñan el mismo papel en el procedimiento administrativo. El ordenamiento jurídico distingue diferentes tipos de partes, porque el alcance y el propósito de la condición de parte pueden variar. Lo decisivo es la razón por la que existe la condición de parte y qué derechos concretos se derivan de ella.

Mientras que algunas partes defienden sus propios derechos subjetivos, otras actúan en interés público o cumplen funciones legalmente asignadas. Esta diferenciación afecta directamente al alcance de los derechos de las partes, ya que no todas las partes pueden hacer valer todos los derechos en la misma medida.

La clasificación sirve, por lo tanto, a dos objetivos:

De este modo, queda claro que la condición de parte, aunque tiene una base común, puede variar en su configuración.

Parte principal y partes coadyuvantes

Se considera parte principal a aquella persona a cuya solicitud se inicia el procedimiento o a quien se le va a imponer una obligación o se le va a retirar un derecho. Ocupa el centro del procedimiento, porque la decisión administrativa se dirige directamente a su posición jurídica.

Además, existen partes coadyuvantes, que también pueden verse afectadas en sus derechos subjetivos, aunque no hayan iniciado el procedimiento ellas mismas. Un ejemplo típico es el vecino en un procedimiento de autorización, cuyos intereses legalmente protegidos se ven afectados por el proyecto. Él también obtiene la condición de parte, aunque limitada a la salvaguarda de sus propios derechos protegidos.

Por lo tanto, la siguiente delimitación es característica:

Ambos son partes, pero su posición inicial en el procedimiento difiere significativamente.

Parte legal, parte formal y parte orgánica

Una parte legal obtiene su condición de parte directamente por ley. La ley material correspondiente determina expresamente que a una determinada persona o institución le corresponden derechos de parte. Debe distinguirse si la condición de parte sirve para hacer valer derechos subjetivos propios o si cumple una función especial en interés público.

Se denomina parte formal a aquella parte a la que la ley otorga determinados derechos procesales, sin que adquiera un derecho subjetivo material del propio procedimiento. Su función suele consistir en velar por el cumplimiento de las disposiciones legales. Si se trata de un órgano administrativo, se habla de parte orgánica.

Esta diferenciación muestra que la condición de parte no siempre sirve para hacer valer derechos propios, sino que a veces también garantiza la legalidad objetiva en el procedimiento.

Partes omitidas

Se habla de parte omitida cuando a una persona le corresponde la condición de parte por ley, pero no ha sido incluida en el procedimiento concreto y tampoco ha recibido ninguna resolución. La condición de parte no se pierde por ello, ya que se deriva de la situación jurídica material y no depende de la participación efectiva.

Esta situación puede surgir cuando la autoridad no reconoce la afectación o cuando asume erróneamente que no existe la condición de parte. Para la persona afectada, esto es especialmente delicado, ya que inicialmente no tuvo la oportunidad de ejercer sus derechos. Sin embargo, el derecho ofrece posibilidades de corrección.

Este es el caso, por ejemplo, cuando un municipio concede una licencia de obras sin incluir al vecino, aunque una ley material otorga al vecino derechos de parte bajo ciertas condiciones. El vecino se entera por casualidad del proyecto de construcción semanas después y hasta entonces no tuvo acceso al expediente ni oportunidad de presentar alegaciones. La condición de parte puede, por lo tanto, existir igualmente, ya que se deriva de la situación jurídica y no depende de si la autoridad lo incluyó realmente. Lo decisivo entonces será si ya se ha dictado una resolución y si el vecino debe solicitar una notificación para poder hacer valer sus derechos en plazo.

Las partes omitidas pueden, en particular:

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„De este modo, el derecho administrativo protege la posición jurídica material incluso cuando se han producido errores en la inclusión en el procedimiento.“
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Representación y asistencia

En principio, los interesados y las partes pueden gestionar sus asuntos en el procedimiento administrativo por sí mismos, siempre que tengan capacidad de obrar. Sin embargo, la ley también permite que se les represente o asista, ya que los procedimientos administrativos suelen ser complejos y requieren conocimientos jurídicos especializados.

Es importante la siguiente distinción:

Apoderados y poder

Un apoderado es una persona con capacidad de obrar que actúa en nombre de la parte en virtud de un poder otorgado. El poder determina el contenido y el alcance de la facultad de representación, por lo que debe estar redactado con claridad. Puede limitarse a actos procesales individuales o abarcar todo el procedimiento.

El poder puede otorgarse por escrito o declararse verbalmente ante la autoridad. Si comparece un abogado o notario, suele bastar con la referencia al poder otorgado, lo que simplifica el procedimiento. Una vez que existe un poder válido, la autoridad se dirige generalmente al representante, especialmente en las notificaciones.

Asistencia jurídica y curador

Además de la representación formal por un apoderado, una parte también puede valerse de un asistente jurídico. El asistente jurídico presta apoyo técnico y acompaña a la parte ante la autoridad, pero la parte comparece por sí misma y presenta sus declaraciones de forma independiente. De este modo, mantiene el control directo sobre el procedimiento, al tiempo que recibe orientación jurídica.

Un asistente jurídico es especialmente adecuado cuando la parte desea presentar su asunto personalmente, pero desea seguridad en cuestiones legales. El apoyo puede ayudar a presentar los argumentos de forma estructurada y a ejercer los derechos procesales de forma específica, sin que sea necesaria una representación exhaustiva.

En situaciones especiales, el tribunal competente nombra un curador si una persona incapaz de obrar no tiene representante legal o si se desconoce el paradero de una persona afectada. El curador asume entonces la representación legal para que el procedimiento pueda llevarse a cabo correctamente. Sin embargo, esta medida solo se aplica en casos excepcionales importantes, ya que constituye una injerencia considerable en la autodeterminación personal.

Sus ventajas con el apoyo de un abogado

El concepto de parte en el procedimiento administrativo decide si usted tiene derechos de participación reales o solo está implicado marginalmente. Precisamente porque la delimitación entre interesado y parte a menudo depende de los detalles de la ley especializada correspondiente, los afectados suelen pasar por alto sus derechos reales. Al mismo tiempo, una condición de parte mal evaluada puede llevar a que usted no reciba acceso al expediente, no presente alegaciones o no pueda interponer recursos legales.

Una revisión legal temprana aclara esta situación. Examinamos si la resolución prevista afecta directamente sus derechos subjetivos. Así asegura su posición antes de que se establezcan los hechos.

Con el apoyo de un abogado, se beneficiará especialmente de las siguientes ventajas:

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„Quien conoce su condición de parte y la utiliza de forma consecuente, obtiene una ventaja decisiva en el procedimiento.“
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Preguntas frecuentes – FAQ

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