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Asociación de Protección contra la Competencia Desleal

La Asociación de Protección contra la Competencia Desleal se fundó en 1954. Es una institución importante y reconocida en cuestiones de derecho de la competencia en Austria y a nivel europeo.

La Asociación de Protección cuenta con numerosas representaciones de intereses, como cámaras y asociaciones, así como las empresas miembro de estas. Así, los grupos especializados de las cámaras de comercio son miembros de la Asociación de Protección. La Asociación de Protección publica a intervalos regulares su revista para miembros «Recht und Wettbewerb» (Derecho y Competencia), así como la «Wettbewerbsfibel» (Cartilla de la Competencia).

Función de la Asociación de Protección

La Asociación de Protección contra la Competencia Desleal se considera la guardiana de la competencia justa.

La Asociación de Protección actúa contra las infracciones de la competencia que descubre en el marco de su actividad o que le son comunicadas por sus miembros. Esto puede tratarse, por ejemplo, de medidas publicitarias engañosas o del ejercicio de un oficio sin la licencia comercial necesaria.

Esto suele ocurrir mediante el envío de un requerimiento de cese y desestimiento. Si no se llega a un acuerdo con la parte contraria, la Asociación de Protección también presenta una demanda ante los tribunales. De este modo, se eliminan las infracciones de la competencia que han proporcionado al infractor una ventaja desleal frente a sus competidores.

Por lo tanto, la Asociación de Protección es una organización muy útil, aunque quien acaba de recibir un requerimiento de cese y desestimiento quizá no lo vea así.

La Asociación de Protección contra la Competencia Desleal

A diferencia de algunas otras asociaciones en este ámbito, en la Asociación de Protección se trata, por lo tanto, únicamente de la aplicación de una competencia justa.

¿Ha recibido un requerimiento de cese y desestimiento?

Quien haya recibido un requerimiento de cese y desestimiento de la Asociación de Protección contra la Competencia Desleal, debería hacerlo revisar en cualquier caso, incluso o precisamente cuando la Asociación de Protección tenga claramente la razón.

Si la Asociación de Protección se dirige a pequeñas empresas, esto significa por lo general que un competidor ha denunciado la infracción legal a la Asociación de Protección. Por iniciativa propia, la Asociación de Protección no se activaría en tales casos. En estos casos, por lo tanto, debe revisarse toda la imagen externa de la empresa para evitar que se objete inmediatamente la siguiente infracción legal.

Si la Asociación de Protección tiene razón, debe prestarse especial atención a eliminar por completo la infracción legal. El segundo paso de la Asociación de Protección es en cualquier caso menos amistoso que el primer escrito.

Finalmente, la Asociación de Protección también puede equivocarse o haber pasado por alto determinados aspectos. En este caso, deben remitirse las pruebas correspondientes.

No es aconsejable ponerse en contacto uno mismo. Quien evalúe mal su situación, debe contar en última instancia con una demanda.

Solución

Como abogados experimentados en el ámbito del derecho de la competencia, no solo revisamos el requerimiento de cese y desestimiento de la Asociación de Protección contra la Competencia Desleal, sino que también le explicamos cómo puede alcanzar sus objetivos de forma legal.

En casos como, por ejemplo, el ejercicio ilegal de la profesión o las medidas publicitarias engañosas, le mostramos la forma más sencilla de ofrecer y promocionar sus servicios de forma legal.

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No para: Divorcio, custodia, manutención, asilo, SIS, alquiler, perturbación de la posesión, reclamaciones monetarias inferiores a 5.000 € (excepto ejecuciones hipotecarias)
Última modificación: 26.11.2025
Autor RA Mag. Peter Harlander
Profesión: Abogado, Equity-Partner
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El abogado Peter Harlander es socio principal de Harlander & Partner Rechtsanwälte GmbH y cofundador de varias empresas en el sector de la tecnología legal. Sus áreas de especialización son el derecho mercantil, el derecho contractual, el derecho de la competencia, el derecho de marcas, el derecho de diseño, el derecho informático, el derecho del comercio electrónico y el derecho de protección de datos.

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