Procedimiento sucesorio complementario

El procedimiento sucesorio complementario complementa el procedimiento sucesorio ya finalizado. Comienza en cuanto se conocen a posteriori otros bienes o nuevas deudas del fallecido. El tribunal no tiene en cuenta automáticamente dichos objetos hereditarios o deudas hereditarias, sino que solo los incluye en el procedimiento si alguien los notifica expresamente. A continuación, lleva a cabo un procedimiento complementario.

Si aparecen bienes o un nuevo testamento a posteriori, el procedimiento sucesorio complementario garantiza que el tribunal distribuya la herencia correctamente.

Procedimiento sucesorio complementario: cómo se tienen en cuenta los bienes recién descubiertos o un testamento a posteriori en el procedimiento sucesorio.

Motivos para un procedimiento sucesorio complementario

Los casos típicos son:

Incluso las pequeñas posiciones de activos pueden requerir un procedimiento sucesorio complementario, siempre que no sean meramente insignificantes.

Necesidad del procedimiento sucesorio complementario

Un procedimiento sucesorio complementario es necesario si, tras la finalización del procedimiento original, surgen nuevos hechos que modifican la base legal o fáctica de la herencia. Esto afecta a dos constelaciones:

Para tales casos, se excluye un procedimiento de modificación ordinario. Solo se permite el procedimiento sucesorio complementario.

Procedimiento del procedimiento sucesorio complementario

El desarrollo se orienta al procedimiento sucesorio original, pero se diferencia en algunos puntos:

  1. Presentación de la solicitud: Un procedimiento sucesorio complementario suele comenzar con una solicitud. Esta puede ser presentada por cualquier persona involucrada (por ejemplo, heredero, acreedor o comisario judicial).
  2. Determinación del nuevo objeto hereditario: Tras el hallazgo, se documenta y se examina el nuevo patrimonio o la nueva obligación.
  3. Medidas complementarias: El comisario judicial puede complementar el inventario o solicitar a los herederos que realicen una nueva declaración de patrimonio. Solo en casos especiales se complementa la resolución de adjudicación.
  4. Corrección de los registros públicos: Si se trata, por ejemplo, de un inmueble, el tribunal adapta el registro de la propiedad en consecuencia.

Competencia

La competencia recae fundamentalmente en el juzgado de distrito que también llevó a cabo el procedimiento sucesorio original. Por lo general, el comisario judicial competente se encarga del procedimiento sucesorio complementario.

Nuevo heredero

Si posteriormente se conoce a un heredero legal o testamentario que hasta ahora no había sido tenido en cuenta, a menudo solo cabe una demanda de herencia.
Los legitimarios, por el contrario, pueden, bajo ciertas condiciones, presentar recurso contra la resolución de adjudicación, especialmente en caso de deficiencias graves del procedimiento.

Plazos

La ley no establece un plazo fijo. No obstante, se recomienda notificar rápidamente los nuevos hechos para evitar el incumplimiento de plazos (por ejemplo, en el caso de demandas de legítima o demandas de herencia).

Nuevos activos

Quien tenga conocimiento de bienes hasta ahora desconocidos del fallecido, debe comunicarlos inmediatamente al procedimiento sucesorio. Quien oculte bienes conscientemente, se arriesga a consecuencias penales y civiles.

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